Temas Alemania 2009
domingo 22 de noviembre de 2009
La incongruencia de @fidelherrerab
Sabina Berman
Me quito el sombrero (que no tengo) ante su razonamiento (que no es tal), señor gobernador de Veracruz. Primero manda a los priistas del Congreso de su estado a votar por "el derecho de la vida desde la concepción" y días después publica un artículo en el que expresa: "Yo estoy a favor de la despenalización del aborto".
Es verdaderamente difícil entender su enredo conceptual, pero lo intento.
Es que desde ahora en Veracruz se prohíbe la interrupción del embarazo, merced a una ley que es calca de las otras votadas ya en otros 16 estados, pero en Veracruz no se impondrá pena alguna a las mujeres que infrinjan la ley, es decir por primera vez, porque las reincidentes sí serán penalizadas.
Es decir, se prohíbe algo pero no se castiga, es decir: a quien lo hace la primera vez.
"Esto es un avance", se atreve usted a escribir. Y de verdad una se abisma en las honduras del lenguaje para tratar de adivinar a qué se refiere.
Ah, ya: se refiere a que no se encarcelará a una mujer violada por intentar abortar. No se le darán ni se le permitirán emplear servicios médicos para hacerlo con seguridad y limpieza, pero, por lo menos, no se le pondrá detrás de rejas de un calabozo.
Gracias, señor gobernador, a nombre de las mujeres mexicanas.
"Esto es un avance", se atreve usted a escribir. Claro, es un paso adelante del medioevo.
No, señor gobernador, no nos engaña. Estamos hechas de la misma educación que usted. Sabemos leer y escribir y conocemos la historia de México, igual que usted. Y conocemos también la historia de los derechos de las mujeres, probablemente mejor que usted.
En el asunto de la libertad de las mujeres para decidir sobre su propio cuerpo hay dos ideologías y basta. La milenaria ideología patriarcal y la joven ideología democrática.
Según la milenaria ideología patriarcal, las mujeres somos propiedad de alguien. De nuestros padres, de nuestros cónyuges, de nuestros sacerdotes, de nuestros hijos. Y lo que ocurra dentro de nuestro cuerpo es igualmente propiedad ajena.
Si una mujer se embaraza por una violación debe soportar su embarazo y dar a luz, como si su cuerpo no fuera suyo, porque su hijo tiene propiedad sobre ella. Si la vida de una mujer corre peligro por un embarazo malo, debe dar a luz, aún si muere, por las mismas razones. Si una mujer se embaraza por accidente, debe dar a luz, como si propia naturaleza fuese una fatalidad.
Pero según la joven ideología democrática, apenas surgida en 1789, y apenas aplicada a las mujeres hasta el siglo XX, las mujeres somos, como los varones, dueñas de nosotras mismas. Mientras no dañemos a otr@, somos libres de acción.
Por eso el dilema del aborto ocurre hasta que otro ser humano vive en nosotras. Otro ser humano: algo vivo que ya tiene conciencia de sí. Lo que no ocurre con el feto sino pasados los tres meses desde su gestación.
No, señor gobernador, su ley no es de ninguna forma un avance, y usted, que es un hombre culto, lo sabe. Es un pacto. Un pacto perverso. Un pacto entre estas dos ideologías excluyentes.
Un pacto político, en la peor acepción de la palabra "político": un tráfico de intereses.
Usted ha comerciado con las mujeres veracruzanas como si fueran su propiedad y como si usted fuera un padre benigno. "Les prohíbo disponer de sus embarazos pero, hijas mías, les perdono el castigo, si no reinciden".
Usted ha vendido a las mujeres veracruzanas a los padres de la Iglesia Católica, regidos tristemente todavía por una ideología autoritaria y misógina, como si ellos fuesen priistas. "Miren, padres compadres, lo prohíbo, pero no lo castigo: un pasito pa' acá y otro pa' allá, y ustedes contentos".
¡Qué astuto, don Fidel! Entre la Iglesia y la democracia, el PRI, como un Dios. Entre las mujeres y los que desean volverlas a la esclavitud, Fidel Herrera.
Ya está hecho el comercio, la venta, el pacto político perverso. Cobre lo pactado y déjenos a nosotras llamar al pan pan y al vino vino, por lo pronto.
Por lo pronto, porque está visto que de nueva vuelta las mujeres en México debemos organizarnos para echar hacia atrás el pasado. Está visto que por lo pronto no podemos dedicarnos a los temas que trascienden el género y abarcan a la República entera, porque usted, señor gobernador, usted y otros gobernadores de otros 16 estados, nos han echado el pasado encima.
P.D. Busque en internet el desplegado contra las reformas que penalizan el aborto. A partir de hoy aparecerá en espera de las firmas de adherentes, mujeres y hombres.
La autora es dramaturga y escritora.
Copyright © Grupo Reforma Servicio Informativo
Fecha de publicación: 22 Nov. 09
sábado 21 de noviembre de 2009
Dogmática Constitucional: urgente en México
Pasar de una Constitución puramente semántica a una normativa, implica el desarrollo de una dogmática constitucional coherente. A México le urge.
Para poder comprender la funcionalidad de nuestra Norma Fundamental, la pregunta de la que debemos partir puede formularse de la siguiente manera: ¿Para qué sirve la Constitución mexicana? ¿Cómo se comprende a sí misma la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos? Lo anterior se plantea, siguiendo las líneas introductorias de Konrad Hesse, pues según el autor resulta indispensable partir de un concepto estable sobre lo que es la Constitución vigente de un Estado para poder desarrollar tanto su teoría doméstica como su dogmática . Es decir, partir sobre el sentido y la función de la actual, individual y concreta Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917.
Aquí un link a algún trabajo al alimón con mi padre: Estado de Derecho, Derechos Fundamentales y Legislación Penal, escrito a propósito del 90 aniversario de la Constitución mexicana.
El Derecho a Decidir #derechoadecidir
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Releyendo a Dworkin. A propó de las nominaciones a la SCJN
Aquí 15 preguntas que se me ocurren yo haría a los candidatos:
1) qué opina sobre el uso del ejército (10 mil tropas) para tareas de seguridad pública?
2) qué alcance debe tener la facultad investigadora de la SCJN?
3) puede la Corte reconocer derechos no enumerados en el texto de la Constitución?
4) qué piensa sobre la reforma a la Constitución sobre la presentación del Informe, es correcto que el Ejecutivo no se presente ya nunca a rendir cuentas ante el Congreso?
5) en el caso de las leyes de transparencia, puede el IFAI invadir las esferas legislativa o judicial?
6) debería la Corte entrar a revisar el fondo (materia) de las reformas constitucionales, existen principios intocables dentro de la Constitución mexicana?
7) qué significa discriminar? qué significa estado constitucional? qué significa división de poderes?
8) qué es la extinción de dominio? qué es la propiedad privada? qué es la confiscación?
9) qué opina sobre la reforma de "narcomenudeo"? pueden las leyes federales determinar competencias de los estados?
10) qué opina sobre la reforma penal y las limitaciones a los derechos fundamentales en ella?
qué dimensión tienen los derechos fundamentales, qué opina sobre la decisión Lüth alemana y sobre el Drittwirkung?
11) qué opina sobre la decisión de la Corte que declaró constitucional la reforma al Código Penal del D.F. que despenaliza el aborto en las primeras semanas? existe un derecho a la intimidad?
12) consdiera que el matrimonio es sólamente entre un hombre y una mujer?
13) puede el Estado entrometerse en las decisiones sobre la vida de los individuos? qué opina de la eutanasia?
14) qué implica la laicidad del Estado? Cómo garantiza esto la Constitución?
15) qué es la ponderación de derechos? qué es el principio de proporcionalidad que para la limitación de derechos debe aplicar la autoridad? qué es el contenido esencial de los derechos fundamentales?
Sobre Dworkin:
La revista New York Review of Books publica una nota bien interesante de Ronald Dworkin donde explica que la -obligada- declaración de la jueza Sotomayor sobre su filosofía interpretativa es una pura mentira. Pues, como sostiene el iusfilósofo " las provisiones constitucionales que provocan las decisiones más controvertidas de la Suprema Corte fueron redactadas con lenguaje moral abstracto" por lo que interpretarlos requiere de una filosofía constitucional específica, para poder determinar lo que es la ley y no puede pues responderse que la filosofía constitucional de uno es "fidelidad a la ley". De pasada exhibe el conservadurismo de Roberts y a Alito.
Dice Dworkin que una filosofía constitucional genuina deberá ser un sistema formado por distintos tipos de principios políticos que guíen al juez en la interpretación de las cláusulas abstractas y las decisiones pasadas de otros jueces. Debe incluir al menos una aproximada teoría sobre la mejor concepción de la democracia, el mejor entendimiento de los derechos individuales que deben ser asegurados a través de la ley, como cuestión de justicia, si el gobierno bajo el principio de mayoría debe ser justo. Dworkin pone énfasis en que éstos principios deben ser entendidos como una cuestión de convicción moral, no son prejuicios de partidismo o simpatía o identificación con alguna clase, raza o grupo étnico. La diferencia es básica: un juez intentará justificar sus principios a través de alguna teoría más general de la moralidad política y respetará sus demandas aún y cuando vayan en contra de sus preferencias partidistas o lealtades. Ésta diferencia fué severamente demostrada en la vergonzosa decisión Bush v. Gore, cuando cinco jueces conservadores declararon a George W. Bush Presidente basándose en lo que ellos mismos habían rechazado en casos anteriores y declarando que no tendrían aplicación para casos futuros.
Dworkin continúa criticando que las sesiones (hearings) en el senado para la aprobación de jueces sigan creyendo el mito de que los principios políticos de los jueces son irrelevantes.
Después analiza la tan traída y llevada declaración de Sotomayor de "Wise Latina" y la compara con la respuesta de la jueza Ruth Bader sobre que sólo una mujer sabe lo que puede ser el horror de una revisión en el que una adolescente tenga que desnudarse. Dworkin concede que la jueza Sotomayor tuvo que abandonar su declaración, por estar obligada a sostener el mito, de otra forma, no hubiera sido confirmada.
Dworkin critica el hecho de que de las muchas decisiones en una carrera de 17 años, el panel del Senado sólo se enfocó en la de los bomberos blancos (Ricci et al. v. DeStefano et al.) y luego analiza las decisiones.
En un cuarto punto, Dworkin analiza la respuesta de Sotomayor acerca del uso o influencia de decisiones de tribunales extranjeros o internacionales para resolver cuestiones bajo la ley estadounidense. Sotomayor respondió que pueden ser usadas como fuente de ideas, como guía, pero no como justificación de la conclusión. Dworkin corrige el punto diciendo que sí han sido usadas como base, y cita como ejemplo el caso Roper, escrita por el juez Kennedy. Dworkin explica que "debemos siempre reexaminar cuidadosamente nuestras convicciones morales, cuando vemos que nadie más las comparte."
Dworkin concluye:
"Qué se debe hacer? nada, creo yo, hasta que no se afloje la idea tanto en el Senado, como en la opinión pública, de que las convicciones personales de los jueces no pueda y no deba tener un papel importante en las decisiones. Quizá no comenzará ese proceso hasta que llegue un senador valiente que declare que él no votará por un candidato que no responda las preguntas que he descrito anteriormente (Dworkin pone un par de ejemplos). Pero la única solución realista es de largo aliento. En un libro recientemente reseñado en éstas páginas, sugiero que nuestra política sería mejorada si en las clases de bachillerato se alentara a los alumnos a explorar cuestiones políticas en una forma mucho más sofisticada de la que se ha seguido tradicionalmente. Una discusión ilustrada sobre la Constitución y la adjudicación (o aplicación) constitucionales sería una parte esencial de dichos cursos."
Justice Sotomayor: The Unjust Hearings
by Ronald Dworkin
Sonia Sotomayor is an excellently qualified nominee and will make a careful, thorough justice. But she destroyed any possibility that her confirmation hearings could explain the complexity of constitutional issues to the public when she proclaimed that her constitutional philosophy is very simple: fidelity to the law. That empty statement perpetuated the silly and democratically harmful fiction that a judge can interpret the key abstract clauses of the United States Constitution without making controversial judgments of political morality in the light of his or her own political principles.
Podcast: Ronald Dworkin talks to Hugh Eakin
Segundo Post sobre Dworkin:
La semana pasada puliqué aquí una entradita comentando, o más bien reseñando, la nota de Roland Dworkin sobre las audiencias de la jueza Sonia Sotomayor. En ella el iusfilósofo argumenta que decir "mi filosofía constitucional es apegarme estrictamente a la ley", es una mentira y no es ninguna filosofía constitucional, pues -para Dworkin- siempre hay que interpretar la ley y para interpretarla hace falta tener una filosofía constitucional. Para Dworkin el Derecho es interpretación.
La nota Dworkiniana ya generó su polémica en el mundo de los blogueros en español, de manera que les dejo aquí tres links interesantes:
El Blog de Gargarella
El Blog Iureamicorum
El Blog Picotazos de Gaviota
Las reflexiones son interesantes. Gargarella hace una breve reseña y da las gracias a Ronaldo por derrumbar mitos, pero Gaviota se pica, y revira: "no puedo compartir el sentimiento de profunda gratitud de Gargarella porque Dworkin pretenda desmontar el “mito” del apego a la ley. Cuando el mito existía, la justicia era consecuencia de la aplicación del derecho. Ahora, cuando el mito no es más que un pretexto para escribir monografías de filosofía del derecho, y dictar un par de clases, la justicia es la consecuencia de lo que una manada de ‘Honorables’ dicen que es. Realmente lamentable. Al menos, hubiese sido interesante que la mayoría de ‘Honorables’ fueran realmente honorables."
Gonzalo Ramirez en Iusamicorum le contesta a Gaviota y dice "Por lo tanto debemos dar un paso más y no quedarnos en discusiones entre positivistas y neoconstitucionalistas que solo sirve para titular conferencias, congresos y coloquios de todos los pelambres, sino empezar a plantear criticas a este neoconstitucionalismo ante el hecho que es una situación irreversible al menos mientras los jueces detenten la potestad de interpretar principios insertos en normas constitucionales. Por eso propongo una nueva tendencia juridica postneoconstitucionalista que se dedique investigar qué se puede hacer para resolver los conflictos que en materia constitucional se derivan de las potestades de intepretación judicial de nuestros dias."
Y yo digo, en el caso de las cláusulas abiertas (principios) la única forma de mantener un balance entre la rigidez de la Constitución y el paso del tiempo, es a través de la interpretación. Así mismo, la única forma de limitar la potestad de una mayoría parlamentaria capaz de violentar derechos de las minorías, es a través de una opción contramayoritaria. No implica que los jueces sean mejores que los legisladores, es simplemente una cuestión dialéctica, las decisiones se van falseando hasta llegar a la mejor. La palabra de un juez constitucional no es necesariamente la última, siempre queda la opción de la reforma. Ni el Derecho ni el proceso democrático son estáticos. De un sano equilibrio entre democracia y constitución se deriva la efectiva garantía de la libertad. El Derecho no puede ser entendido en abstracto, debe ser referido a un caso concreto. Cómo puede un juez aplicar "estrictamente" el principio de "igualdad ante la ley" si no es a través de la interpretación, y para determinar qué implica esa igualdad, ha de seguir cierta filosofía constitucional. De manera que, Dworkin tiene razón, el Derecho es interpretación. Y claro, no necesitaba que YO lo dijera.
Constitutions should consist only of general provisions, the reason is that they must necessarily be permanent and that they cannot calculate for the possible change of things.
Alexander Hamilton
P.D. Hay otra réplica por allí en el Blog de Heber Joel La Otra Orilla Fidelidad a la Ley?
También resultaría interesante el tema de la interpretación constitucional desde un punto de vista comparado, remito a mi estudio en el Boletín de Derecho Comparado.
viernes 20 de noviembre de 2009
La Comisión de Justicia del Senado: encargada de dictaminar
Publicación Jueves, 19 de Noviembre de 2009 Gaceta Número 53
SE TURNÓ A LA COMISIÓN DE JUSTICIA.
Integrantes de la Comisión de Justicia:
PRESIDENTE
Alejandro González Alcocer PAN
SECRETARIO
Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez PRI
SECRETARIO
Tomás Torres Mercado PRD
INTEGRANTES
Ulises Ramírez Núñez
(PAN)
José Guillermo Anaya Llamas
(PAN)
Santiago Creel Miranda
(PAN)
Fernando Elizondo Barragán
(PAN)
José Alejandro Zapata Perogordo
(PAN)
Fernando Jorge Castro Trenti
(PRI)
Pedro Joaquín Coldwell
(PRI)
Jesús Murillo Karam
(PRI)
Silvano Aureoles Conejo
(PRD)
Pablo Gómez Álvarez
(PRD)
Arturo Escobar y Vega
(PVEM)
Dante Delgado
(Convergencia)
Esperamos que se haga un escrutinio serio y TRANSPARENTE a los seis aspirantes de las dos ternas, y no se hagan arreglitos por debajo de la mesa....
***El Presidente de la Comisión de Justicia es nada más y nada menos que el que fuera Gobernador del estado de Baja California entre 1998 y 2001, exacto, el ejecutivo de ESE gobierno que impidió a una menor de edad víctima de violación interrumpir su embarazo, lo que en aquella época era LEGAL. Me refiero al caso de Paulina.
Me encontré esta Carta en la red:
Por medio del la red interactiva de difusión del Observatorio Ciudadano de los Derechos de las Mujeres, hago llegar la siguiente información.
COMUNICADO DE PRENSA
Por este conducto, la COMISION CIUDADANA DE DERECHOS HUMANOS DEL NOROESTE, AC informa a la opinión pública que el dia 6 de septiembre del 2007, el LIC. JUAN MANUEL SALAZAR PIMENTEL fue eliminado por el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial de Baja California, en el proceso convocado para elegir Magistrado del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Baja California, por el motivo de su mala fama pública, basada en su actuación como Procurador de Justica de Baja California durante el gobierno de Alejandro González Alcocer (hoy senador de Baja California por el PAN), en el conocido "caso Paulina", documentado ampliamente por la Procuraduría de los Derechos Humanos de Baja California, que mereció la Recomendación 2/2000 y, al no ser aceptada esta por el entonces gobernador González Alcocer, se interpuso la impugnación correspondiente ante la CNDH, misma que giró la Recomendación 18/2000.
Ante la negativa de Alejandro González Alcocer de aceptar ambas Recomendaciones, la queja se elevó entonces a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, donde finalmente se logró un acuerdo con el gobierno de Eugenio Elorduy Walther para la reparación del daño de Paulina del Carmen y de su hijo, quedando pendientes las sanciones a los funcionarios implicados en la violación de los derechos humanos de Paulina.
Cabe recordar que, en octubre de 1999, Juan Manuel Salazar Pimentel (concuño de Alejandro González Alcocer), siendo Procurador, sacó a Paulina del Carmen Ramírez Jacinto del Hospital General de Mexicali y la llevó en su vehículo oficial ante un sacerdote con el fin de que éste la convenciera de no abortar, dado que ella ya había logrado obtener la dispensa legal para ejercer su derecho al aborto por violación.
El Consejo de la Judicatura de Baja California determinó -por mayoría de tres votos contra dos- que Salazar Pimentel no reunía las cualidades para desempeñar el honorable cargo de Magistrado, pues la falta de aplicación en el caso Paulina, que vulneró el derecho de la ofendida a interrumpir un embarazo producto de la violación, se consideró una falta grave que irremediablemente afectó su fama pública.
Finalmente, este es un triunfo de los Derechos Humanos.
Lo anterior, para su amable consideración y difusión.
Atentamente:
RAUL RAMIREZ BAENA
Ex Procurador de los Derechos Humanos de Baja California y
Presidente de la Comisión Ciudadana de
Derechos Humanos del Noroeste, AC
El caso de Yasuri Zac-Nicté en Quintana Roo
Todas a la cárcel!
"La moral... pertenece siempre al reino de la libertad, no al del control".
Fernando Savater
Posteada por: cebicheculichi
Finalmente este viernes pasado fue liberada Yasuri Zac-Nicté Pool Mayorga, una joven maya de 22 años de edad encarcelada por haber sufrido un aborto involuntario. La liberación es producto del escándalo político producido por el injusto trato que se le dio. Pero el simple hecho de que se le haya mantenido en prisión durante semanas es un indicador de las consecuencias de las nuevas leyes que, con el voto de diputados locales del PAN y del PRI, se han promulgado en algunos estados para definir la vida desde el momento de la concepción.
Yasuri Zac-Nicté Pool Mayorga vive con sus padres y sus dos hijos en el pueblo de Los Sabidos, una comunidad rural del municipio de Othón P. Blanco en Quintana Roo. El pasado 4 de octubre movió, junto con su hija, un ropero de un cuarto a otro. En la tarde empezó a sangrar. Ella misma no sabía por qué. Estaba embarazada, pero el esfuerzo realizado al mover el ropero le provocó un aborto involuntario.
Fue trasladada de emergencia e internada en el Hospital Morelos de Chetumal el mismo 4 de octubre. Ahí, alguien denunció ante la Procuraduría local que había tenido un aborto. El 6 de octubre fue detenida y acusada de homicidio doloso calificado.
Como el homicidio es un delito grave, la joven fue encarcelada antes de ser declarada culpable. En México, a diferencia de los países en que sí se respetan las garantías individuales, se aplica la presunción de culpabilidad: todos somos culpables hasta que podamos demostrar nuestra inocencia.
Sus padres vendieron lo que pudieron para pagar un abogado que poco o nada hizo ante una amenaza de sentencia de hasta 30 años de cárcel. Su caso fue tomado entonces por la Fundación Pro-Mujer de Quintana Roo, que empezó a darlo a conocer en el país y en el mundo. Esto hizo que las autoridades quintanarroenses se echaran para atrás en su salvajada.
La acusación era posible porque Quintana Roo es uno de los estados que ha definido que la vida empieza en la concepción. Esta modificación hace que cualquier aborto sea considerado un homicidio, incluso si la mujer ha sido violada o si su vida corre peligro. Como vemos en el caso de Yasuri Zac-Nicté, las mujeres pueden ser incluso encarceladas por sufrir un aborto involuntario, mientras demuestran si éste realmente fue espontáneo.
Para los policías y jueces de México esta nueva legislación es una magnífica excusa para no enfrentar a los verdaderos criminales. Siempre es más fácil detener y juzgar a una mujer indígena por haber sufrido un aborto que procesar a los integrantes del crimen organizado. Hoy los policías y los jueces pueden decir que hay menos impunidad porque están encarcelando a mujeres como Yasuri Zac-Nicté. Para qué arriesgarse a detener a un violador peligroso cuando la ley permite encarcelar, sin despeinarse siquiera, a la mujer violada que ha abortado.
El aborto es siempre una tragedia. Hay que tomar medidas para reducir su incidencia y la forma más eficaz es promover el conocimiento de las técnicas de anticoncepción. Pero, tristemente, los mismos grupos moralistas representados por los diputados del PAN y el PRI que han impulsado estas nuevas leyes se oponen o no se interesan en promover medidas que reduzcan el número de embarazos indeseados.
Yasuri Zac-Nicté ha sido liberada por la presión política de grupos que defienden los derechos de las mujeres. Pero no podemos seguir permitiendo que estos casos se acumulen. De una vez por todas debemos echar para atrás estas leyes que sólo buscan encarcelar a mujeres que han sufrido la tragedia de decidir la terminación de su embarazo.
debate.com.mx
Sobre los próximos dos ministros: aquí los seis candidatos
Hoy sale la noticia de quiénes integrarán las ternas para sustituir a los dos ministros de la Corte que se van:

Zaldívar

Ferrer MacGregor

Adame Goddard
En reemplazo del ministro Góngora Pimentel, impulsor de ideas liberales y garantistas, el Ejecutivo propuso a los académicos del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, Jorge Adame Goddard y Eduardo Ferrer MacGregor, y al profesor de la Escuela Libre de Derecho, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
Aquí más sobre Arturo Zaldívar quien, entiendo, es un abogado serio, independiente, constitucionalista, con opiniones certeras e informadas, ha participado en algunos debates sobre reformas constitucionales realizadas últimamente (reforma energética especialmente). En internet se encuentran muchas de sus colaboraciones y artículos. Habría que verlas con cuidado.
****He encontrado una nota interesante Balance y Retos de la justicia constitucional en México, su autor es Zaldívar Lelo de Larrea.
****De Ferrer MacGregor he encontrado este trabajo que analiza el Juicio de Amparo en sus aspectos internacional, nacional y local.
Parece que "me escucharon" pues hace unos meses propuse que miraran hacia Jurídicas para buscar candidatos: aquí Pero Adame Goddard? para sustituir a Góngora?
Aquí, se puede leer una resena de Ferrer MacGregor sobre la tesis doctoral de Zaldívar
Como he estado estudiando el tema del aborto pego aquí un trabajo de Adame Goddard, apasionado Pro-vida, en este trabajo se manifiesta por la inconstitucionalidad de la reforma del Código Penal del D.F. La argumentación sentimental del autor hace que ésta pierda solidez, no hacía falta:
Jorge Adame Goddard LA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL DEL DISTRITO FEDERAL QUE AUTORIZA EL ABORTO DEL MENOR DE DOCE SEMANAS
Dice:
Mientras elaboraba este artículo, recordé la conversación con un amigo quien refería que definir lo que es justo es asunto de sentido común, y que le parecía que los juristas complicábamos cuestiones que podían resolverse fácilmente. Y esto, me parece que sucede respecto del aborto. Sólo basta hacer un razonamiento muy breve: Es una grave injusticia privar de la vida a un inocente (no me parece que nadie discutiría la verdad de ese principio). El concebido no nacido es un ser humano inocente. Luego, es una grave injusticia privar de la vida al ser humano concebido y no nacido.
...
Se niega que el concebido sea un ser humano, y por eso se permite matarlo. No es la primera vez en la historia de la humanidad en que algunas personas niegan que otras sean humanas, para que así las primeras se aprovechen y exploten a las que consideran "sub humanas". Pero esta época es la primera que desconoce en el propio ordenamiento jurídico que el concebido no nacido sea un ser humano."
Otra joyita de Adame Goddard es su texto sobre la ley de sociedades de convivencia:
“Su único efecto palpable es la imposición, por vía legislativa, del juicio ético formado por una minoría, según el cual las uniones corporales de personas del mismo sexo son uniones lícitas, respetables, protegidas por la ley.
Ante la imposición legislativa de un juicio ético, es necesario exigir a los legisladores respeto a la cultura y formas de vida del pueblo, que tiene sus propias convicciones acerca del amor, la familia y la sexualidad. En el siglo XVIII se decía que los gobernantes “ilustrados” promulgaban las leyes para enseñarle al pueblo ignorante lo que era bueno y malo. ¿Qué no son estos legisladores “ilustrados” que aprobaron la ley una especie política que ya debería haberse extinguido hace cien años?
Corresponde a la conciencia de cada persona reconocer lo bueno y lo malo. Y es una tarea primordial de cada pueblo el ir formando, libremente, con el concurso de todos, en conformidad con sus propias tradiciones, costumbres y formas de vida, los juicios éticos que regulen la vida social y la misma vida política. Cuando una minoría parlamentaria impone su propio punto de vista ético a la población, aprovechando el Poder Legislativo del que dispone, actúa en contra del pueblo a quien debe servir. La ley debe servir para reforzar las tradiciones y costumbres éticas del pueblo, no para destruirlas”....
"Esta disposición de amar a quien no se conoce es una clara muestra de la capacidad amorosa de la persona humana, ya que los cónyuges se disponen a amar al otro que entre ellos engendran, sea quien sea, pues les basta saber que es su hijo. La justificación legal del aborto es un duro golpe al amor honesto de los padres por los hijos, pues significa que ellos aman a sus hijos en tanto les reporten utilidad o satisfacción, ya que tienen la posibilidad legal o incluso el "derecho" de eliminar al hijo "incómodo"."
El Sr. está profundamente influído por la doctrina de la iglesia católica, un peligro para un Estado laico como lo es México y para la garante de la constitucionalidad, como lo es Corte.
(!)
Para relevar a Mariano Azuela, parte del ala conservadora de la Corte, Calderón propuso a tres integrantes del Poder Judicial. La lista la integran el consejero de la Judicatura y magistrado Luis María Aguilar Morales, la magistrada María Luisa Martínez Delgadillo y el magistrado Jorge Mario Pardo Rebolledo.
Sólamente tengo información sobre Luis María Aguilar, Consejero de la Judicatura Federal y ex-Magistrado.

Ma Luisa Martínez

Luis María Aguilar

Jorge Mario Pardo
Jorge Mario Pardo Rebolledo, es el Magistrado que participó en la Comisión Investigadora de la SCJN para el caso de San Salvador Atenco (una nota de Proceso sobre ello aquí) y se acaba de presentar recientemente en la terna de candidatos que aspiraban a ocupar un lugar en el Consejo de la Judicatura Federal (CJF). Cargo que obtuvo César Esquinca Muñoa.
Habría que revisar las decisiones de los miembros de la terna de miembros del poder judicial.
La Constitución fija 30 días de plazo para que los senadores elijan a los nuevos ministros. Si el Senado rechaza alguna de las ternas, Calderón tendrá que enviar una nueva. En caso de que la segunda terna sea nuevamente rechazada, el Ejecutivo podrá nombrar al ministro de entre los candidatos que envió.
***La información sobre los candidatos es de El Universal***
Luis María Aguilar Morales ocupa el cargo de magistrado de Circuito desde julio de 1985, es representante del Consejo de la Judicatura Federal en la Asociación Mexicana de Impartidores de Justicia, y el 23 de noviembre de 2004 fue nombrado consejero de la Judicatura Federal.
María Luisa Martínez Delgadillo es actuaria y ha sido secretaria de diversos tribunales colegiados de Circuito, juez primero de Distrito en Zacatecas, juez cuarto en San Luis Potosí, magistrada en materias civil y penal, y ocupa el cargo de magistrada de Circuito a partir de 1997.
Jorge Mario Pardo Rebolledo es actuario judicial, ha sido secretario de diversos juzgados, secretario de Estudio y Cuenta del Pleno y de la Segunda Sala de la Corte, juez segundo de Distrito en el Estado de México, juez en Materia de Procesos Penales Federales, también en esa entidad, y magistrado en materia civil y de Circuito a partir de 1997.
Jorge Carlos Adame Goddard es investigador titular "C" de tiempo completo en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).
Eduardo Ferrer McGregor Poisot es investigador titular "A" de tiempo completo en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.
Arturo Fernando Zaldivar Lelo de Larrea es abogado egresado de la Escuela Libre de Derecho y doctor en Derecho por la UNAM.
Desde El Sol de México
Oleada Contrarreformista: prohibición del aborto en 18 estados
El Blog Vamos a Discutirlo (ver mi Blogrollà) planteó en marzo pasado una discusión interesante en su entrada: El aborto en Puebla. La Constitución en manos de los conservadores, a propósito de la reforma que en aquéllos días se discutía en Puebla (para proteger la vida desde la concepción hasta la muerte natural). Ésta entrada provocó una discución interesante entre él, Arturo y yo, y aunque no le he pedido permiso a Polo, el autor de Vamos a Discutirlo, me pareció interesante reproducirla íntegra aquí, pues ahora ya no se trata sólamente de Puebla, sino de 17 estados más. Tristemente el Blog de Polo está inactivo desde hace meses, sé que está por defender su tesis doctoral, de manera que esa debe ser la razón. Por ello, me tomé la libertad de revivir y reiniciar aquella discución de marzo. Creo que el planteamiento de Polo es importante, pues la oleada contrarreformista que se vive en México debe ser aclarada de una vez por todas por la Corte. De hecho, ya había enlazado Gera´s Place a esta discusión aquí El aborto en Puebla. La Constitución en manos de los conservadores Por: Polo Gama Hoy, 12 de marzo, se debate (si no es que ya se aprobó) en el pleno del Poder Legislativo de Puebla una reforma para modificar la Constitución de la entidad con el fin de prohibir el aborto en ese estado, de imponer un sólo modelo de familia (inspirado en el esquema tradicional católico: papá, mamá e hijos) y para impedir toda legislación estatal futura tendiente a legalizar la eutanasia. Voy a centrarme únicamente en la cuestión del aborto que es la que genera algunos problemas claros dado que ya contamos con la opinión de la Corte; la que se ha pronunciado recientemente (y muy tímidamente en mi opinión) sobre el asunto. Dicha reforma tiene como fin incluir en la Constitución estatal la cláusula "la vida humana debe ser protegida desde el momento de la concepción". Con ello, se pretende no sólo prohibir la interrupción del embarazo -con excepción de los casos previstos por el Código Penal del estado (aborto por violación, por causas eugenésicas y por riego en la vida de la madre)-, sino, además, impedir toda legislación futura tendiente a despenalizar el aborto tal y como se hizo en el DF.
Valdría la pena discutir estos problemas y examinar a la vez si existen razones fundadas para oponerse a dicha reforma (u otras similares que se den en otros estados) sobre la base de los argumentos que la Corte uso para declarar improcedentes las acciones de inconstitucionalidad de la PGR y la CNDH. En ese sentido, valdría la pena releer los párrafos siguientes contenidos en la sentencia que resuelve la acción de inconstitucionalidad 146/2007 y su acumulada 147/2007: "Consecuentemente, el derecho a la vida establecido en el derecho internacional no puede ser considerado de ningún modo como absoluto" comentarios: Interesantísima tu entrada! Me haz dejado dándole vueltas al asunto pues en realidad plantea varias cuestiones difíciles. Creo que tú mismo me habías comentado algo hace mucho sobre las decisiones en Estados Unidos sobre el tema no? Quizá sería interesante conocer no sólo las decisiones de la Corte sino las opiniones respecto del tema desde el punto de vista federal, tienen 35 anyos más de experiencia que nosotros! Las alemanas no sirven pues el código penal es general. Ahora en el tema de derechos fundamentales es interesante que en la ley fundamental no se reconocen derechos sociales y económicos, y en las locales, sobre todo las nuevas (1990) sí. Lo que ppsiblemente pueda haber presentado alguna contradicción como ésta...habrá que verlo. Las preguntas que planteas son pertinentes, algunas de ellas muy importantes desde el punto de vista de la teoría jurídica de los derechos. Con todo, creo que también habría que plantear el tema desde el punto de vista de la filosofía política. Me refiero a que la posibilidad de consagrar derechos fundamentales a nivel subconstitucional (en las constituciones locales) supone extraer un determinado ámbito (el supuesto derecho a la vida) de la deliberación parlamentaria en las entidades federativas. Dicho en términos ferrajolianos, implica que ese ámbito pasa a la esfera de lo no decidible por las mayorías. Que las legislaturas de los estados tengan este poder normativo es algo muy fuerte. Desconozco por completo como se den estas cuestiones en otros Estados federales, pero en España se planteó un problema similar con el tema de los derechos en los estatutos (aunque evidentemente España no es formalmente un Estado federal). Por cierto, al respecto hay un artículo muy bueno de Luis María Diez Picazo sobre este tema en la REDC (y posteriormente le contesta el hoy ministro de justicia). Geraldina : Arturo: Sobre el ejemplo de Geraldina de la dignidad en la constitución alemana creo que habría que irse con cuidado. No sé si sea el mejor ejemplo, porque ese derecho fundamental (independientemente de lo que diga la constitución creo que se trata, más bien, de un principio moral que justifica los derechos y no propiamente de un derecho) no funciona como tal, sino como una especie super derecho que no puede ser derrotado por nada (además que en México no tenemos una disposición así). Tú conoces mejor los trabajos de Dworkin, pero el otro día le escuché a Cruz Parcero decir que el derecho que según Dworkin existe a "equal concern and respect" es en realidad un principio moral que justifica todos los derechos, y creo que algo parecido sucede con la dignidad. Arturo: mas bien lo que intente decir es que la distincion derechos- implícitos y "explícitos" es mas conocida en nuestro ambito que la de enumerados y no enumerados, esta ultima es mas usada por los gringos Efectivamente, en Alemania la dignidad es entendida como el principio a partir del cual se concretizan los derechos fundamentales. A partir de varias decisiones del Constitucional se ha determinado la prohibición de ponderación de la dignidad con otros derechos por ser éstos concretizaciones del primero (en las decisiones, Lüth, Benetton principalmente). coincidimos entonces sobre el asunto de los límites a los congresos estatales y que las reformas a los congresos tienen pinta de ser inconstitucionales,lo que sin duda ahora es muy claro en el caso del aborto gracias a la sentencia de la corte ... por cierto, no he podido encontrar en qué terminos se prohibió el matrimonio homosexual en puebla y si hay otros estados que han ido por la misma línea, si alguien se topa con la info por casualidad eestaría interesante discutirla porque según leí en la jornada se llegó a citar a juan pablo II en las discusiones del pleno del congreso estatal de puebla!!!! lo que claramente apuntaría a que el fundamento del rechazo al matrimonio homosexual, como no podría ser de otra manera, se funda en ideas religiosas |
jueves 19 de noviembre de 2009
Sentencia SCJN sobre despenalización del aborto

Partes de la Sentencia de la SCJN sobre el aborto, publicada el día de hoy en referencia al argumento de que la vida del nasciturus está protegida en la Constitución.
Análisis a vuelapluma:
Geraldina González de la Vega
Me parece que la Corte optó por el uso de los principios de prohibición de la arbitrariedad o del exceso y prohibición de la insuficiencia como principios básicos en el análisis de limitaciones a Derechos Fundamentales y la ponderación entre éstos. La Corte argumenta que la sanción penal de la interrupción del embarazo sería una medida excesiva no justificada, no necesaria y no adecuada. Y que de acuerdo con el sistema jurídico mexicano se deja al arbitrio del legislador la ponderación entre la vida del nasciturus y la autodeterminación de la mujer, éste puede optar por una u otra o como lo hace el legislador del DF, al optar por la segunda durante las primeras semanas y por la primera durante las últimas semanas del embarazo.
La Corte sí reconoce el derecho a la vida del nasciturus, pero deja claro que éste no es absoluto y que "una vez dada la condición de vida, existe una obligación positiva para el Estado de promocionarla ...el Estado está obligado a realizar las medidas mínimas necesarias para cuidar esa vida, y lo hace a través de las normas existentes en materia laboral o de salud." Es decir, el legislador aplica de manera clara el balance entre ambos principios en el ejercicio de proporcionalidad para el establecimiento de medidas limitadoras de derechos, de suma importancia en el establecimiento de los delitos. Es decir, cada vez que la autoridad pretenda intervenir en un derecho, limitarlo pues, debe aplicar los principios de escrutinio del Estado de Derecho: Legitimidad del fin; que la medida sea adecuada, sea necesaria y sea razonable:
Una medida es adecuada cuando promueve el cumplimiento de un fin o lo cumple directamente.
Una medida es necesaria, cuando no exista ningún medio más clemente de la misma aptitud. Es decir, cuando no exista un medio que sea igual o más adecuado para alcanzar el fin, pero que lastime menos a los sujetos implicados.
Una medida es razonable cuando los perjuicios atados a ella no estén fuera de proporción con las ventajas. Aquí es donde se debe realizar la ponderación entre las ventajas y desventajas de la medida, así como los demás principios constitucionales y los derechos fundamentales de terceros.
La Corte respetó la facultad del legislador de determinar por la vía de la ponderación la penalización de la interrupción del embarazo. "El legislador se encuentra facultado para penalizar, él mismo puede decidir discrecionalmente cuales de ellas penalizar siempre y cuando lo haga mediante los procedimientos y respete las limitaciones de contenido establecidas por ciertos derechos fundamentales...al no encontrar ningún mandato constitucional específico para la penalización de todas estas conductas, no parece existir ninguna razón jurídicamente argumentable que nos indique no hay potestad suficiente para despenalizar aquellas conductas que han dejado de tener, a juicio del Legislador democrático, un reproche social. Solamente contando con aquellos elementos que constitucionalmente ordenan la penalización de las conductas, referidos en el desarrollo de esta resolución, podríamos considerar que existen las herramientas para limitar la determinación del legislador democrático de que una conducta particular deba dejar de estar penalizada"
La Corte reconoce de igual forma que existe un contenido escencial de los Derechos Fundamentales, intocable por el legislador.
Conslusiones:
--Por un lado me parece que la Corte al reconocer la facultad del legislador democrático para determinar los delitos y sus penas, deja abierta la puerta para que pueda penalizarse nuevamente el aborto, pues la Corte no reconoce como argumento central el derecho a la interrupción del embarazo o el derecho a la intimidad o a la autodeterminación, sino que basa su decisión en la facultad del legislador como representante. El argumento fué la regla de la mayoría y no, como hubiera sido deseable, el derecho de la mujer. "Si es esta evaluación realizada por el legislador en ejercicio de sus facultades constitucionales de configuración legal la que debe respetarse por parte del juez constitucional, este Tribunal Constitucional considera importante revisar los argumentos utilizados por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal como órgano democrático constituido por diputados electos, para justificar las medidas adoptadas y ahora impugnadas."
--Sin embargo, encontramos éste párrafo en la página 183, en donde la Corte reconoce expresamente el derecho a la intimidad lo que podría significar un paso importantísimo en la dogmática constitucional mexicana, ya que el derecho a la autodeterminación (Alemania) o a la intimidad (EEUU) no se encuentra expresamente reconocido en nuestra Constitución y ahora la Corte lo reconoce: "Este tribunal considera que la medida utilizada por el legislador resulta de este modo idónea para salvaguardar los derechos de las mujeres, pues la no penalización de la interrupción del embarazo tiene como contraparte la libertad de las mujeres para que decidan respecto de su cuerpo, de su salud física y mental e, incluso, respecto de su vida, pues no podemos desconocer que aun en la actualidad, como lo refiere claramente el legislador del Distrito Federal en su exposición de motivos, existe mortandad materna."
Es indispensable creo yo, que la Corte entre al fondo de la reforma del estado de Baja California en donde se sancionan todas las formas de aborto. Pues es importante determinar si existe un derecho a la intimidad y autodeterminación normativo y en caso de existir, puede entonces éste párrafo invalidar la penalización de todos los tipos de aborto? o se trata de encontrar las mayorías para penalizar o despenalizarlo. Creo que ésta decisión es un paso importantísimo en el reconocimiento del derecho de autodeterminación pero todavía no da certeza jurídica, pues quien puede asegurar que en las próximas elecciones no gana el PAN en el DF y reforma de nuevo el Código Penal...?
Piezas de la Sentencia:
I. ¿SE ENCUENTRA EL DERECHO A LA VIDA CONTEMPLADO
POR LA CONSTITUCIÓN MEXICANA?
Constitución Mexicana:
A partir de la página 153.
El primer problema a tratar antes de enfocarnos a cada uno de los argumentos particulares contenidos en los conceptos de invalidez, se refiere a sí efectivamente la Constitución reconoce o no un derecho a la vida y, de ser así, cuáles serían sus fundamentos normativos.
Es claro que de una primera lectura de la Constitución Mexicana, no encontramos de manera expresa en ninguna parte de la misma el establecimiento de un derecho específico a la vida, el valor de la vida, o alguna otra expresión que permita determinar que la vida tiene una
específica protección normativa a través de una prohibición o mandato dirigido a las autoridades del Estado.
De este modo, del hecho de que la vida sea una condición necesaria de la existencia de otros derechos no se puede válidamente concluir que debe considerarse a la vida como más valiosa que
cualquiera de esos otros derechos. En otros términos, podemos aceptar como verdadero que si no se está vivo no se puede ejercer ningún derecho, pero de ahí no podríamos deducir que el derecho a la vida goce de preeminencia frente a cualquier otro derecho. Aceptar un argumento semejante nos obligaría a aceptar también, por ejemplo, que el derecho a alimentarse es más valioso e importante que el derecho a la vida porque lo primero es una condición de lo segundo.
Los derechos fundamentales se establecen para limitar el ejercicio de los derechos de la mayoría sobre la minoría, pero no para la expresión de un último valor fundamental del Estado el cual
devenga intangible jurídicamente. Este alto tribunal ya lo ha refrendado en precedentes y tesis aplicables: los derechos fundamentales no son, en ningún caso, absolutos.
Se argumenta que la misma falta de mención por parte de la Constitución del término vida justamente implica su protección...si la intención del órgano de reforma de la Constitución hubiera sido establecer algo tan relevante como un derecho general y absoluto a la vida, lo hubiera establecido de manera expresa y no hubiera dejado lugar a suposiciones y especulaciones sobre el fundamento de la reforma constitucional específica sobre la pena de muerte. En este sentido, y utilizando un argumento general de coherencia, el Estado mexicano también hubiera retirado su declaración interpretativa sobre el primer párrafo del artículo 4to de la Convención Americana, la cual, sin embargo, sigue en vigor... De este modo, este tribunal no puede partir de suposiciones incorrectamente reductivas, o elaborar las mismas a partir de una
conclusión previamente formulada; en el mecanismo de la elaboración de una causa adecuada de los actos normativos del órgano de reforma, que pretenda explicar las razones por las cuales estos actos tuvieron lugar, tienen un mayor peso los elementos mencionados, más que un supuesto que sostenga la idea de un derecho absoluto y general a la vida.
El Derecho Internacional no obliga a los Estados a proteger el derecho a la vida del nasciturus: Página 173 y ss.
El derecho a la vida establecido en el derecho internacional no puede ser considerado de ningún modo como absoluto. La normativa internacional no prohíbe categóricamente la privación de la vida, sino que establece condiciones que la rigen y determinan cuándo la privación de este derecho fundamental es lícita.
Del análisis del contenido de los instrumentos internacionales aplicables, como el caso del ya
mencionado artículo 4º de la Convención Americana debemos concluir que:
- Dentro de los parámetros internacionalmente establecidos como mínimos de protección y garantía, y con un sentido de progresividad, el derecho a la vida debe ser regulado por el legislador nacional de conformidad con sus competencias y facultades.
- Ningún instrumento internacional de derechos humanos aplicable en el Estado mexicano reconoce el derecho a la vida como un derecho absoluto, ni exige un momento específico para el inicio de la protección de ese derecho, y tan solo, exigen que se cumplan y respeten las garantías relacionadas con la no privación arbitraria de la vida y las vinculadas con la aplicación de la pena de muerte, y
- El artículo 4.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos no establece un derecho a la vida de tipo absoluto;
- La expresión “en general” que utiliza la Convención Americana fue introducida para que tanto los Estados que querían y protegían la vida “desde la concepción”, como aquellos que no deseaban obligarse a que dicha protección se diera desde un momento específico, pudieran ser parte de dicho tratado;
- México no se encuentra obligado a proteger la vida desde el momento de la concepción, o algún momento específico, en razón del sentido y alcance que tiene la declaración interpretativa que
formuló al ratificar la Convención Americana y que se mantiene vigente;
D) Una vez establecido lo anterior, este Tribunal considera que lo único que podemos encontrar en la Constitución de manera expresa, son previsiones constitucionales que de manera positiva establecen obligaciones para el Estado de promocionar y hacer normativamente efectivos derechos relacionados con la vida, por ejemplo el artículo 4º de la Constitución, que contiene previsiones relacionadas con la salud, el medio ambiente, la vivienda, a la protección a la niñez, a la alimentación y el artículo 123 que contiene disposiciones específicas para el cuidado de las mujeres en estado de embarazo y parto.
La Constitución Mexicana no reconoce el derecho a la vida del nasciturus:
Una vez establecido lo anterior, este Tribunal considera que lo único que podemos encontrar en la Constitución de manera expresa, son previsiones constitucionales que de manera positiva establecen obligaciones para el Estado de promocionar y hacer normativamente efectivos derechos relacionados con la vida, por ejemplo el artículo 4º de la Constitución, que contiene previsiones relacionadas con la salud, el medio ambiente, la vivienda, a la protección a la niñez, a la alimentación y el artículo 123 que contiene disposiciones específicas para el cuidado de las mujeres en estado de embarazo y parto.
Es decir, la Constitución, no reconoce un derecho a la vida en sentido normativo, pero establece que una vez dada la condición de vida, existe una obligación positiva para el Estado de promocionarla y desarrollar condiciones para que todos los individuos sujetos a las normas de la Constitución aumenten su nivel de disfrute y se les procure lo materialmente necesario para ello. De este modo, aceptando la existencia de un bien constitucional e internacionalmente protegido en los términos hasta ahora expuestos: expresado en la prohibición del Estado de establecer sanciones penales de privación de la vida o de ejecutar sanciones que tuvieran ese efecto de manera arbitraria, y como derecho en un sentido relativo e interdependiente con los demás derechos, no podemos encontrar ningún fundamento constitucional o internacional para un mandato de penalización de su afectación que permitiera sostener que existe una obligación del legislador para el establecimiento o mantenimiento de un tipo penal específico.
Hay que hacer énfasis en este último elemento, central para el problema que estamos analizando, ya que no es posible jurídicamente sostener la existencia de conductas malas en sí mismas (mala in se), sino sólo conductas prohibidas (mala prohibita). Lo prohibido penalmente se entiende como una conducta considerada perjudicial socialmente, pero no es posible aceptar de ningún modo la existencia de una obligación prejurídica o que, encontrándose más allá del
mismo derecho, determine cuáles son las conductas que debieran estar penalizadas en un momento histórico determinado.
La facultad para establecer delitos del legislador:
Así, dentro de un hipotético catálogo de conductas que el legislador se encuentra facultado para penalizar, él mismo puede decidir discrecionalmente cuales de ellas penalizar siempre y cuando
lo haga mediante los procedimientos y respete las limitaciones de contenido establecidas por ciertos derechos fundamentales. Debemos dejar en claro, sin embargo, que la mera existencia de un derecho fundamental no implica la obligación de la penalización de una conducta que lo afecte. Si bien antes de la existencia de los derechos fundamentales constitucionalizados el derecho penal era la única fuente primaria de protección de derechos individuales, mediante el establecimiento de bienes jurídicos protegidos, de ello no se sigue que una vez que los derechos adquieren rango constitucional y se establecen los medios para su protección, estos deban tener
obligatoriamente una expresión penal para su protección.
Pags. 183 y ss:
Sobre El Legislador y el ejercicio de ponderación:
El Legislador local ya realizó un ejercicio de ponderación propio de su quehacer democrático y llegó a la conclusión tantas veces referida. Es importante repetir que este ejercicio de ponderación realizado por el Legislador se circunscribe al ámbito penal, por lo que no puede sostenerse que el mismo sea aplicable a todos los ámbitos jurídicos ya que el mismo se refiere a los bienes en concreto identificados por el legislador local que tuvieron como resultado la despenalización de la conducta analizada.
El ejercicio realizado por el legislador resulta acorde con la tendencia legislativa reflejada en el derecho comparado, que ha venido estableciendo hipótesis lícitas de interrupción voluntaria de
embarazo o límites a la persecución penal del aborto, sustentadas en la ponderación concreta entre dos bienes en conflicto que tuvieron como resultado, también en el derecho comparado, la despenalización de una conducta.
Este Tribunal considera que la medida utilizada por el Legislador resulta de este modo idónea para salvaguardar los derechos de las mujeres, pues la no penalización de la interrupción del embarazo tiene como contraparte la libertad de las mujeres para que decidan respecto de su cuerpo, de su salud física y mental e, incluso, respecto de su vida, pues no podemos desconocer que aun en la actualidad, como lo refiere claramente el legislador del Distrito Federal en su exposición de motivos, existe mortandad materna.
El reproche por la vía penal; es decir, la imposición de la pena en el citado caso, no sirve para asegurar el correcto desenvolvimiento del proceso en gestación, pues nuestra realidad social es otra y de lo contrario, se menoscaba y reafirma la discriminación hacia las mujeres. Por ende, no puede plantearse que la amenaza penal es la primera y única solución a la erradicación de las prácticas clandestinas de interrupción voluntaria del embarazo, pues más allá de la teoría que
utilicemos para justificar la imposición de la pena estatal, la sanción no puede ignorar la racionalidad y la necesidad pues, de lo contrario, se habilitaría el ingreso al sistema penal de la venganza como inmediato fundamento de la sanción.
En este sentido, el principio de última ratio en el Derecho Penal Moderno obliga que las penas como el medio coercitivo más importante del Estado, sean el último de los instrumentos estatales para prevenir los ataques a los bienes y valores fundamentales de la sociedad; en consecuencia, esa intrusión debe ser la mínima posible.
Conclusión: Argumento infundado. No existe una obligación constitucional de proteger el derecho a la vida del nasciturus.
De este modo, penalizar la conducta en cuestión sería tanto como utilizar al derecho penal como una herramienta simbólica y no como un mecanismo de última ratio. Es por ello que el legislador considera la penalización de la conducta como ineficaz y, lejos de impedir que las mujeres recurran a la interrupción voluntaria del embarazo de una manera segura, las orilla a someterse a procedimientos médicos en condiciones inseguras en las que, incluso, ponen en riesgo su vida.
Por todo lo anterior, si de lo argumentado resulta que la vida, como bien constitucional e internacionalmente protegido, no puede constituir un presupuesto de los demás derechos, además de que aún como derecho no podría en ningún momento ser considerado absoluto; que sus expresiones específicas a nivel nacional e internacional se refieren a la privación arbitraria de la vida y la prohibición del restablecimiento de la pena de muerte; que se trata de un problema de descriminalización de una conducta específica y que no existe mandato constitucional específico para su penalización; y, finalmente, que la evaluación de las condiciones sociales y la
ponderación realizada por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal es constitucional y se encuentra dentro de sus facultades de acuerdo con principios democráticos, este Tribunal Pleno considera que los argumentos analizados en el presente apartado en relación con la
naturaleza y existencia del derecho a la vida son infundados.
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Discutiendo sobre el aborto

Desde www.miguelcarbonell.com
Discutiendo sobre el aborto
El Universal
Oct 19, 2007
Miguel Carbonell.
Jorge Carpizo ha dedicado buena parte de su carrera académica y profesional a la defensa de los derechos humanos. Fue Presidente fundador de la CNDH y ha recibido diversos premios y reconocimientos por su tarea en defensa de quienes no tienen el poder económico, político, ideológico o mediático para hacerse escuchar. Invariablemente, a lo largo de su fecunda vida, Carpizo se ha situado del lado de los sujetos débiles dentro de nuestra sociedad. Mostrando una vez más su enorme talento jurídico y su inagotable compromiso cívico, acaba de publicar una contribución mayúscula al debate social y jurídico sobre el tema del aborto (Milenio, edición especial, 12 de octubre de 2007).
Aunque comparto en todo el sentido de sus argumentos jurídicos para respaldar el derecho a la autodeterminación de la mujer sobre su propio cuerpo, creo que la parte de su ensayo que puede ser más atractiva para el público en general se encuentra en los datos duros, de carácter estadístico, que nos ofrece; tales datos nos deberían llevar a una profunda reflexión sobre la necesidad de despenalizar (como ya lo ha hecho la Asamblea legislativa del Distrito Federal) el aborto voluntario dentro de las primeras semanas de la gestación, al menos. ¿Cuáles son esos datos que nos ofrece Carpizo en su ensayo? Entre otros son los siguientes:
-Según cifras de la ONU, de 193 países que forman parte de la organización, 189 permiten el aborto para salvar la vida de la mujer (solamente cuatro no lo permiten: Chile, El Salvador, Malta y la Santa Sede).
-122 países permiten el aborto para preservar la salud física de la mujer.
-120 países lo permiten para preservar la salud mental de la mujer.
-83 países lo permiten para el caso de violación o incesto.
-76 países lo permiten en caso de deterioro del feto.
-63 países lo permiten por razones económicas y sociales.
-En países donde vive el 40% de la población del mundo la sola petición de la mujer es suficiente para la interrupción del embarazo.
Estos datos son relevantes porque demuestran que en la ruta de la despenalización la Asamblea legislativa del DF no caminó en el vacío, sino que siguió el ejemplo de un buen número de países democráticos, mismos que cuentan con un largo historial de respeto a los derechos fundamentales de todas las personas.
Hay, sin embargo, otros datos en el ensayo de Carpizo que nos hablan con rotundidad acerca del drama social a que da lugar la penalización del aborto. Son los siguientes.
-Según cifras de la Organización Mundial de la Salud ocurren 19 millones de abortos inseguros al año. De ellos, más de 4 millones son de mujeres adolescentes, que tienen entre 15 y 19 años.
-68,000 mujeres fallecen al año por esa causa (es decir, 1,863 cada día, 77 cada hora, más de una por minuto). Una tragedia humana que supera con mucho a los atentados de las Torres Gemelas de Nueva York o al Tsunami que azotó el sudeste asiático hace unos años.
-En América Latina ocurren 3 millones 700 mil abortos inseguros cada año; 5 de cada mil mujeres mueren por esa causa, lo que representa más del 20% de muertes maternas.
-En México la cifra de abortos practicados es muy variable, pero oscila entre los 102 mil que reporta el CONAPO para el año 1997 y los 500 mil anuales que reportan algunas organizaciones no gubernamentales que trabajan en el ámbito de los derechos de las mujeres.
-El 40% de los embarazos, en México, son indeseados; de ellos el 17% termina en aborto inducido. El aborto es la tercera causa de muerte materna en el país.
Esas son las cifras frías, los datos duros que deben tenerse en cuenta cuando se discute sobre el tema.
¿Qué es lo que la penalización del aborto genera en la práctica? ¿acaso la tipificación penal ha disminuido su incidencia? Los datos disponibles parecen señalar que no. Lo que ha sucedido es que los abortos se practican en la clandestinidad y cuando se persigue su realización el peso de la justicia cae, sin excepción, en mujeres pobres que deciden abortar en circunstancias personales, económicas o familiares sumamente angustiantes, a través de métodos inseguros y dañinos para su salud. La penalización del aborto castiga, en realidad, a la pobreza y a la ignorancia, supone una discriminación hacia la mujer y pretende instrumentalizar su cuerpo para satisfacer el deseo sexual o reproductivo del hombre. ¿Puede una democracia tolerar la ofensa a la dignidad humana que supone meter a la cárcel a una mujer por haber tomado una decisión libre y autónoma sobre su propio cuerpo? Yo francamente creo que no. Evitar el aborto es una preocupación que comparto, pero entiendo que la vía penal es la menos idónea para hacerlo.
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miércoles 18 de noviembre de 2009
Peje alemán tiene cáncer

Pues sí, Oskar Lafontaine, el Peje alemán, ha anunciado que está enfermo de cáncer y que será intervenido quirúrijamente el día de mañana. Ha dicho que a principios de año decidirá su futuro político. Lafontaine, quien fuera presidente del SPD y ahora funge como líder de Die Linke, la izquierda, sabía de su enfermedad antes de las elecciones. El político del Sarre (Saarland) demostró hoy su fuerza, pues a un día de ser operado, se presentó al Parlamento local, donde tiene un asiento como diputado, para responder a la declaración del nuevo gobierno bajo el mando de Müller del CDU. Sarre es el primer estado en formar gobierno con una coalición jamaica (por los colores de la bandera de ese país: amarillo del FDP, negro de la Unión y los Verdes)
El anuncio de la enfermedad y la incertidumbre sobre el futuro de la carrera de Lafontaine han desatado el necesario debate dentro de su partido, el de su sucesión. Y es que al igual que en el SPD, Die Linke ha estado dirigida por los mismos desde siempre: Gregor Gysi (ex-PDS) y Oskar Lafontaine (ex-SPD y ex-WASG). la pregunta es si Die Linke necesita un cambio, pues aunque las alas moderadas o realistas (Realos) del partido, como Bodo Ramelow de Turingia (Thüringen) ya están alzando la mano, la realidad es que el partido ha llegado hasta donde está ahora: 11.9%, gracias a Lafontaine y su populismo á la Peje.
Ramelow ha dicho "las próximas elecciones iremos sin Lafontaine", a lo que Gysi ya respondió "Herr Ramelow puede pensar lo que guste"...
Y es que como en el Rey León, Die Linke se quedará sin reyecito, Y mientras Lafo se encuentra entre bisturíes y médicos, la lucha por el poder dentro del partido patriarcal se pondrá "de a peso". Habrá que ver...
Reina del Vino con buenas conexiones...
Kurt Beck, ex presidente del traumado SPD, quien fuera removido en septiembre de 2008 con un Golpe de Estado propinado por Franz Münterfering (ver nota abajo), tendrá ahora que enfrentarse a la reina del vino 1995, quien es ahora una prominente diputada federal por la Unión (CDU) y representa a su estado Rheinland-Pfalz (Renania-Palatinado pá los de habla hispana) en el Bundestag. Exacto, Kurt Beck es Ministro Presidente del estado con mayor producción vinícola y ahora tendrá que jugársela con Julia Klöckner, quien fuera la reina del vino alemana en 1995 y que cuenta, según, dicen con excelentes conexiones en la región... Y claro, pues es que el reinado requiere de ello.Klöckner es la encargada de temas sobre agricultura y representa los intereses de los vinicultores de la región. Además de su título, Klöckner fué conocida pues fué de las diputadas que "twitteó" el resultado de la Bundesversammlung encargada de elegir al Presidente Federal, antes de que en la sala se supiera el resultado...
Y bueno, pues el SPD tiene dos añitos para ver si Beck puede enfrentarse un mano a mano con la belleza de los viñedos.
Tenemos nuevo Ombudsman

"Afirmó que buscará la colaboración de distintos órganos del Poder Legislativo para superar la problemática que impide la armonización legislativa; reforzará la presencia internacional de la CNDH y en cuanto a la tendencia de autoridades de no aceptar las Recomendaciones, impulsará una reforma legal para que las autoridades obligadas a acatarlas, en caso de no hacerlo, enfrenten algún tipo de responsabilidad." (Nota del Reforma)
No entiendo lo de la presencia internacional, ni lo de las responsabilidades... Alguien me explica?
Para despejar algunas dudas, copio aquí dos columnas de mi amigo Paco Acuña, experto en el tema del defensor de los derechos u Obmudsman. La tarea del Ombudsman como él mismo me ha explicado, consiste en defender a los individuos de las violaciones a sus derechos por parte del Estado, punto. No más, no menos. Pueden leerlo todos los domingos en el Excelsior
Ombudsman (confusiones interesadas)
Francisco Javier Acuña
18-Oct-2009
El defensor del pueblo ejerce un mandato y ofrece un servicio público, el de la mediación correctora y reparadora a favor de las víctimas de la gestión pública defectuosa o indebida.
El ombudsman no es una Súper ONG, como algunos equivocadamente creen. Con las organizaciones de la sociedad civil debe sostener una relación cordial y de colaboración estrecha, mas no fundirse y menos confundirse con ellas. Aquellas son vehículos de reclamación y denuncia de injusticias estructurales y de arbitrariedades concretas, han de ser combativas y fulminantes, sólo así son útiles a la democracia, fundan su tarea en el humanitarismo de emergencia, comunican una cultura de solidaridad con los oprimidos y un halito de esperanza a los lastimados por los agentes gubernativos y en esa última faceta de su misión convergen con el ombudsman, solo que por métodos distintos.
El ombudsman es un instrumento de remedio que debe garantizar el desarrollo de sus potestades por la vía de la legalidad, ejerce un mandato y ofrece un servicio público, el de la mediación correctora y reparadora a favor de las víctimas de la gestión pública defectuosa o indebida.
Tampoco es una agencia de beneficencia pública o filantrópica, el ombudsman es un termómetro de la legalidad del medio publico, es un semáforo que pone alto al tren gubernativo en los cruces donde pasan los habitantes a efecto de impedir los arrolle con indiferencia y es, también, un restaurador diligente de los constantes daños humanos que por descuido, ineptitud, frivolidad o perversidad cometen los funcionarios públicos en perjuicio de personas concretas o de la sociedad en su conjunto. Si esa mediación oportuna y esa reparación adecuada se logra se convierte en un pilar de la república (de la cosa pública). Ni Gandhi o Luther King, ni el Llanero solitario o Superman, ni una sucursal de la Cruz Roja o del Teletón.
Un ombudsman, al margen de sus convicciones personales (si es creyente o agnóstico, si es deportista o antideportista, etcétera) ha de saber encarnar un alto cargo, su proceder publico ha de ser laico en contraste a ser o parecer fundamentalista de cualquier credo o ideología, por eso no puede ser un radical y menos un histrión. Ni un saltimbanqui (chivo en cristalería) ni un lastimoso bufón de la corte, simplemente un personaje solvente en sus credenciales profesionales, sensato en sus juicios y decisiones y sólidas en el medio social. Su persuasión se basa en la calidad de sus recomendaciones.
¿Cuántas recomendaciones debe emitir? Las necesarias. ¿A quién vinculan?, al propio ombudsman que las emite, habrá de responder por ellas ante el Legislativo (que lo nombró para vigilar las conductas públicas dañinas a la ciudadanía); por tanto, si las recomendaciones son sesgadas o impertinentes serán objetadas o aceptadas pero incumplidas.
La ley obliga al ombudsman a desempeñarse con objetividad, si no lo hace, es porque también habrán fallado los mecanismos parlamentarios para exigirle que cumpla su delicada labor.
¿Tendremos el ombudsman que merece la nación? Esperamos que el Senado de la República elija al mejor.
La CNDH ¿premio o reto?
Francisco Javier Acuña
25-Oct-2009
Los logros y aciertos del ombudsman son un bien público y no le pertenecen a nadie, ni siquiera a quien los hizo posibles.
A la UNAM, por el premio Príncipe de Asturias
Intensa, la pasarela de las personalidades que de manera decidida, se anotaron por considerar que sus atributos encuadran con el perfil del próximo ombudsman.
Aspirar al servicio público es un derecho y un deber de congruencia profesional digno del más amplio respeto, por tanto y al margen de a quién elijan los senadores como nuevo presidente de la CNDH, el ejercicio de licitación pública de las cualidades y credenciales de los aspirantes es ya un signo de transparencia y un síntoma de la cultura democrática que se arraiga entre nosotros.
En la historia del ombudsman han declinado a esa altísima distinción destacados personajes y no por falta de méritos, sino por una cuestión de grandeza personal y generoso sentido de Estado, al estimarse más útiles a la nación en otras funciones como las de la investigación académica y la docencia, fue el caso de don Héctor Fix Zamudio precursor infatigable de la institución.
Mientras la CNDH es una institución apreciada por la población, según encuestas neutrales que confirman que la ubican en un nivel aceptable respecto de otras instituciones, esas impresiones son rechazadas por sectores de las organizaciones de la sociedad civil especializadas y más aún por intelectuales que, como nunca, han incidido en el proceso de renovación de la CNDH y exigen que el ombudsman sea un activista de temas frontera. Otros creen que ha de ser un sereno, enérgico defensor frente a los abusos gubernativos y un equilibrado promotor de todos los derechos humanos sin cortapizas ideológicas o religiosas. Una persona versada en los asuntos públicos, un articulador de soluciones de reconciliación social en una era de crisis económica e inequidades profundas, que intervenga sin espectacularidad.
La competencia por el puesto es legítima y saludable en la medida en la que esa experiencia abunde en beneficio de la credibilidad de la institución. Flaco servicio le hacen a esa causa quienes por expresar sus desacuerdos con la gestión actual proponen absurdos: que sus recomendaciones sean vinculatorias como las sentencias de los jueces y otras sandeces como que sustituya a la colección de organismos arbitrales (la Profeco y similares).
El acervo de la CNDH acumula las mejores prácticas que desde ella alcanzaron los cuatro titulares que ha tenido. Los desaciertos, desmesura, pasividad o arrogancia que le acusan como fallas de cada época, en mayor o menor medidason un reto a corregir, pero no pueden ser utilizadas para dinamitar el prestigio institucional que tenga, por poco que parezca. Los logros y aciertos del ombudsman son un bien público y no le pertenecen a nadie, ni siquiera a quien los hizo posibles porque precisamente fue nombrado en su tiempo para acertar con su labor, y en ello debe ser corresponsable el Senado, a través de las comisiones parlamentarias que se encargan de mantener una relación vigorosa con la CNDH y que a la vista no siempre ha ocurrido.
México, prefiere cárceles llenas de mujeres que de delincuentes ¡Bravo!
Y gracias a esta oleada de conservadurismo medieval, México no sólo queda en la lista de los Estados que prefieren ver morir a sus mujeres con abortos clandestinos, sino que quieren verlas pudrirse en la cárcel, hasta por sufrir un aborto involuntario, lindo no es cierto?
Nadie aborta por "sport" ni ninguna mujer considera al aborto "como un método anticonceptivo". Y sí es verdad que la gran mayoría de mujeres que abortan, lo hacen por tener una razón mucho más fuerte que la maternidad. Ahora resulta que en México queremos que el Estado decida sobre nuestro propio cuerpo?
Se han presentado ya 662 amparos (información de Reforma) contra las reformas constitucionales de 16 estados que pretenden perseguir mujeres, es hora de que nuestra timorata Corte sí reconozca que existe un derecho de autodeterminación, ya basta de la persecución de mujeres.
Por ello, es importante que el proceso de selección de los próximos dos ministros de la Corte sea transparente y no, como acostumbramos en México, a que sea un arreglito por debajo del agua -como sucedió claramente con Plascencia de la CNDH-. Ya vimos que a los Priístas también les ha entrado pavor a la excomunión, que sean más valientitos como los legisladores españoles, a quienes también se les acusó de "herejes". Malo es que las mayorías encargadas de nominar a los Ministros son, exacto, priístas y panistas. Y ya vimos que en la CNDH pusieron a un acólito de Soberanes, papa provida mexicano.
Lo que hace falta es una política de salud y educativa mucho mas agresiva que acabe con embarazos no deseados, y no penas draconianas y cárceles llenas de mujeres. México va como los cangrejos, antes se permitía abortar a las mujeres que fueran víctimas de una violación, cuando el producto tuviera alguna malformación o cuando la vida de la madre estuviera en peligro. Ahora hasta un aborto accidental es perseguido como homicidio imprudencial! eso es una barbarie. Acaso llegaremos a la policía menstrual, como la hubo en la Rumania de Caecescu? A vigilar a las mujeres para cuidar los productos de la concepción "como hijos de la patria / de dios"?
Es una verguenza que el PRI apoye esto.
Un embrión no es una persona. No hay ningún argumento científico que nos demuestre que el embrión es un ser humano, que tiene vida? no hay duda. Las plantas y los animales también y no por ello privarlos de ella se equipara al homicidio.
Interrumpir un embarazo es la medida más terríble que una mujer puede decidir, siempre va acompañada de una tragedia y ahora, además, las queremos tras las rejas.
martes 17 de noviembre de 2009
Mi Homosexualidad no es un tema: Westerwelle

El nuevo Vicecanciller y Ministro de exteriores alemán, Guido Westerwelle nunca ha escondido ni hecho un tema el que viva con un hombre. Ello ha hecho que el tema, no sea un tema en Alemania. Sin embargo, se teme que en países donde la homosexualidad sí es un tema y no sólo moral, sino jurídico-penal Westerwelle sufra algún rechazo o situación complicada.
Me gusta que Alemania tenga al frente a una mujer y a un gay y que no se hable sobre su sexo o preferencia sexual como sucedió en Estados Unidos con Obama. Después de todo la igualdad a la que se aspira implica que todos, sin importar razas, religiones, género, preferencias, etc. podamos acceder a un puesto/trabajo por nuestras capacidades. Aquí, apenas y se dice que Westerwelle es el primer Ministro de exteriores gay.
Pienso que el ejemplo de Westerwelle es bueno, su vida es, lo que debería ser siempre, privada.
Aquí una entrevista con el Spiegel, copio solamente lo relativo:
SPIEGEL: You are Germany's first homosexual foreign minister. Is that significant?
Westerwelle: I've been party chairman for almost nine years, and during that time I have also made official trips abroad on a regular basis. There have never once been any difficulties or embarrassments because I live with a man. I don't expect to see that as foreign minister either.
SPIEGEL: Does that also apply to Islamic countries? Some impose the death penalty for homosexuality.
Westerwelle: There are countries in which woman are systematically oppressed. There are countries in which woman are treated in ways that we find outrageous. Nevertheless, the Germans have exercised their right to elect a woman as the head of their government.
SPIEGEL: You aren't worried that you'll be treated disrespectfully?
Westerwelle: No, because I haven't experienced anything like that yet. Besides, it would be a moral failing on our part if we were to impose limits on our liberality because others don't agree with it. I see it as an expression of great social and inner liberality that the fact that I, as a man, live with another man has made almost no difference at all in Germany up until now.
SPIEGEL: The acceptance of homosexuals has risen in Germany. Do you feel that you have contributed to this change?
Westerwelle: I may have contributed to it, but I don't deserve any credit for it. I live my life with my life partner. We don't hide our relationship, but neither do we put our relationship on public display. I do know, from the many letters I receive, that this casual, natural approach has been an encouragement for many younger people who are searching for themselves, or who haven't yet found themselves or who still have fears.
SPIEGEL: Mr. Westerwelle, thank you for this interview.
Entrevista completa, con temas interesantes sobre el approach que Westerwelle dará a la política exterior alemana, así como las políticas que la coalición diseña aquí
Revolución de Terciopelo

Hoy, 17 de noviembre, se conmemora el 20 aniversario del inicio de la Revolución de Terciopelo en lo que era Checoslovaquia. Un día como hoy, pero de 1989, miles de estudiantes fueron violentamente reprimidos por las fuerzas del Estado. A partir de ello, los checos salieron a las calles. 10 días después, el 27, una huelga general provocó la renuncia de los sátrapas soviéticos.
La Revolución Checa estuvo caracterizada por la cultura, fueron los músicos, los escritores, los cantantes, los dramaturgos, quienes estuvieron en la primera línea. La música era el arma más poderosa para luchar contra la opresión, bandas como los Plastic People cuya aprehensión detonó la fundación de la Carta 77. El Underground checo fué un importante protagonista de la lucha contra la censura y por la libertad. Frank Zappa o el Velvet Underground, son ejemplos de su inspiración. Vaclav Havel celebró su cumpleaños 70 con una tocada de The Plastic People of The Universe, amigos entrañables de aquellos años de lucha...

En la foto, Vaclav Havel, dramaturgo, opositor, que después se convertiría en Presidente de la República Checa.
"Lo que a Polonia le llevó 10 años, a la RDA le tomó 10 meses y a Checoslovaquia 10 días" /Timothy Garton Ash
Lo que sigue es un texto que he copiado y traído aquí desde el sitio oficial de la República Checa Pero me parece que merece su lugar aquí, pues son ellos quienes cuentan SU historia:
El castillo de cartas que se desmorona
Desde el año 1988 se podía sentir que cada vez había menos gente que creía en los ideales del socialismo. Las manifestaciones de rotundo desacuerdo se sucedían unas a otras con creciente intensidad, no sólo por parte de los disidentes, sino que la población los secundaba. Desde agosto de 1988, miles de personas se concentraban en el centro de Praga con ocasión de conmemorar fechas que habían sido "prohibidas" por el régimen. La petición conocida como Unas cuantas frases fue recibida con un apoyo sin precedentes entre la población, extendiéndose conspícuamente a partir del 1989.
Todas las manifestaciones eran la misma historia; los manifestantes eran disueltos por las fuerzas de seguridad del estado, y unos cuantos participantes acababan en los calabozos de la policía.
En los países vecinos el ambiente estaba más o menos lo mismo, aunque con resultados un poco mejores. En Hungría, el telón de hierro ya se había desgarrado para marzo. Polonia tuvo sus primeras elecciones libres también en primavera. Letonia, Estonia y Lituania proclamaron su soveranía en julio. No era una excepción la Alemania Oriental, con la caída del muro de Berlín, ni Bulgaria... El castillo de naipes socialista colapsaba desde sus cimientos. Y en esta atmósfera llena de tensión, se programó en la República Checa una manifestación para celebrar el quincuagésimo aniversario del 17 de noviembre.
El día 28 de octubre de 1939, es el aniversario de la fundación de la primera República, en aquella época Checoslovaquia era dominada por los nazis. La gente se echó a la calle para protestar por la situación política. La represión nazi fue durísima. Dos estudiantes murieron en las refriegas callejeras y la situación se calentó produciéndose tumultos y desórdenes en los días siguientes. El 17 de noviembre, el día del entierro de Jan Opletal, que era uno de los estudiantes asesinados, la nación entera manifestó públicamente su oposición a la ocupación alemana.
Pasito a paso
Al final, la manifestación se dirigió al cementerio de Vyšehradský Slavín para visitar la tumba del poeta Karel Hynek Mácha, considerado como un símbolo nacional. Después de hacerlo, miles de estudiantes marcharon hacia la Plaza de san Wenceslao, pero no consiguieron llegar. El camino estaba bloqueado en la Avenida Nacional, (Národní Třída), por cuerpos de la Seguridad Nacional, los cuales atacaron a la multitud con una desacostumbrada dureza.
Flores y velas
Muchos guardan en la memoria y en la retina la Revolución de Terciopelo gracias a una serie de símbolos; dichos símbolos nacieron en esos días, cuando el régimen totalitario iba a ser sustituido por el democrático, y están en muchas fotografías de por aquel entonces. En los periódicos pueden verse a cientos fotos en las que las multitudes, en calles atestadas, llevan velas y flores. Depositar flores y encender velas hoy es una cosa normal, pero en aquella época y régimen no lo era. No estaban permitidas las expresiones de reconocimiento de líderes o personalidades no comunistas, y además la libertad de reunión de las personas en público estaba cohartada, a menos de tratarse de acciones organizadas por el régimen mismo en beneficio propio. En noviembre de 1989, no había suficientes velas y flores para homenajear a los estudiantes que cayeron en la lucha por la verdad. Los monumentos estaban sembrados de velas y flores que ya entonces parecían preveer un futuro mejor.
Václav Havel, en esa época futuro presidente y uno de los más importantes oponentes del régimen comunista, podría muy bien hablar acerca de estos símbolos. En enero de 1989, depositar flores en el monumento de san Wenceslao en recordatorio del sacrificio de Jan Palach le costó 9 meses de prisión. (Jan Palach se quemó, el 16 de enero de 1969, en la parte alta de la Plaza de san Wenceslao, como protesta por la ocupación soviética y por la transigencia con que los representantes políticos checoslovacos respondieron a ello.)
V de Victoria
Lo mismo que las flores y las velas está en el recuerdo de quienes tuvieron aquella vivencia el signo que todo el mundo hacía con la mano: la V de victoria. En el portal de un edificio situado en la Avenida Nacional, una placa conmemorativa descubierta en 1990 recuerda los acontecimientos del 17 de noviembre de 1989. Es uno de los puntos de la ciudad en que dichos acontecimientos, con velas y flores, son rememorados cada año en esta fecha.
Llaves que no sirven sólo para abrir
Uno de los símbolos del cambio "suave" que se verificaba sin muertos ni heridos era el del manojo de llaves. La gente las agitaba con la mano en alto y su sonido tintineante llenaba las calles. Las llaves, que en nuestra cultura tienen la connotación de que alquien se va, acompañaban a la consigna "¡Miloš, nos vamos!" Con ello se estaba diciendo directamente al secretario general del KSČM (El partido comunista), Miloš Jakeš, que se fuera. También se coreaba "¡La última campanada!", "¡Despertemos Praga!", o "¡Libertad para navidades!", consignas con las que se llenaba la atmósfera en un clima de calma tensa.
Luego llegó un momento que fue tan importante para la política checa como el 17 de noviembre con el que empezó todo, y aparecieron nuevos símbolos. Esta vez sus protagonistas eran no sólo estudiantes, sino también actores, porque en esos momentos tan graves, los teatros se convirtieron en lugares de debate político ciudadano, en los cuales, en vez de las representaciones programadas, los actores y el público discutían sobre la marcha de los acontecimientos. Aparte de los medios oficiales, representantes de la ideología estatal, apareció un canal de comunicación que los comunistas no podían censurar.
¿Canción revolucionaria?
La música fue muy importante para la revolución de terciopelo. Y la verdad es que hay muchos aspirantes a la "canción de la revolución", dependiendo del gusto de cada uno, de los recuerdos y de la sensibilidad. ¿Qué canción fue la más "de terciopelo"? Muchos dirían que Una oración para Marta, en la interpretación de la cantante Marta Kubišová, que por mandato del régimen había estado mucho tiempo sin poder cantar en público, con lo que su reaparición supuso una personificación de la idea de libertad.
También tuvo un gran peso la canción Náměšť, en versión de Jaroslav Hutka, que había vuelto de la emigración y el 25 de noviembre ya estaba cantando ante la gente esta canción de hacía 16 años, compuesta para el festival de Náměšti na Hané, que no llegó a celebrarse por prohibición estatal.
Rojo, azul, blanco
Con una escarapela con los colores de la bandera checa también se demostraba la adhesión a la voluntad popular de que el régimen cambiara. Las cintas con los colores nacionales -rojo, azul y blanco- se agotaron pronto; en las mercerías ya eran inencontrables. Por eso la gente se las hizo en sus casas, precariamente, a veces de papel, pintadas a mano. Las franjas rojas-azules-blancas aparecían en los guantes, en los abrigos, en las cazadoras o en los sombreros.
Suave como el terciopelo
La denominación de "revolución de terciopelo" nació en la prensa extranjera, pero pronto superó las fronteras y empezó a utilizarse en la República Checa también. La verdad es que la forma en que los cambios se llevaban a cabo recordaba a la suavidad del terciopelo. Hoy los historiadores conocen bajo esta rúbrica a los días que se extienden entre el 17 de noviembre y en 29 de diciembre de 1989.
Havel
El símbolo más claro, de todas formas, es la misma persona de Václav Havel. Escritor, dramaturgo, portavoz de la Carta 77 y líder de la oposición a los comunistas, hasta la actualidad sigue sumarizando el destino de aquellos días. Después de convertirse en político profesional, siguió siendo para los checos tanto como para los observadores internacionales un icono de la revolución.
Hay una cosa graciosa relacionada con Havel que se ha mantrenido en el recuerdo de la población. Todo el mundo se acuerda de los pantalones cortos que llevaba Václav Havel en esa época. Las perneras llegaban hasta el tobillo, y en el diccionario coloquial a esos pantalones se les llama "havlovky".
Aunque pueda parecer que el paso del comunismo a la democracia se reduce a unos cuantos iconos, la verdad es muy otra. Detrás de los símbolos se esconden acontecimientos reales que trajeron cambios políticos sustanciales.
Así pues, a partir del 1989, la República Checa celebra el 17 de noviembre dos acontecimientos. El día internacional de los estudiantes y el día de la lucha por la libertad y la democracia. Sin el primer paso el sengundo no se habría dado nunca.

El "master" en este tema es Timothy Garton Ash, en el New York Review of Books en Journalisted encuentras sus artículos y en su página web encuentras papers sobre el tema y links a su obra.
Crónica de Tageschau en alemán (Chronik auf Deutsch)
lunes 16 de noviembre de 2009
Aborto: Homicidio Calificado?

Pues con eso de que el periódico Reforma sigue de cobrón, comparto mi periódico de hoy con ustedes. Y yo, firmo esta columna:
Parto o cárcel
Por Jesús Silva-Herzog Márquez
Con velocidad inaudita, prácticamente en silencio se han reformado un buen número de constituciones de los estados. Una curiosa sintonía ha puesto de acuerdo a las más diversas legislaturas. El matrimonio del PRI y del PAN ha acelerado los cambios. No se trata de reformas constitucionales para que los estados hagan frente a la crisis económica; no son transformaciones institucionales para rendir cuentas a la ciudadanía; no son cambios para agilizar los procesos penales, para transparentar el uso de recursos públicos o para profesionalizar los órganos representativos. Son cambios que dan forma de ley al dogma religioso. PAN y PRI aliados en la demolición del Estado laico. 17 constituciones locales han seguido el dictado de la Iglesia católica para incorporar a su texto la consigna eclesiástica de que la vida humana empieza desde el instante mismo de la concepción y considerar al cigoto -antes inclusive de su implantación en el endometrio- como un ser humano con plenos derechos.
Las apresuradas reformas tratan evidentemente de cerrarle el paso a la despenalización del aborto como se hizo en el Distrito Federal. Se trata de impedir que una simple mayoría pudiera eliminar el castigo a quien termina voluntariamente un embarazo. Resguardar la vida desde el momento de la concepción hasta la muerte tiene también por efecto cancelar la posibilidad de legislar en materia de eutanasia, asunto igualmente herético para los clérigos. Sacralizar la vida desde la fecundación hasta la muerte natural para arrancarle a los hombres el derecho de disponer de su cuerpo. No cuestiono que una agrupación religiosa considere que la vida no nos pertenece. Los hombres de fe pueden creer que nuestra vida es un préstamo de Dios y que no somos nadie para abreviar nuestro paso por el mundo. Pero un Estado laico no puede asumir esa interpretación del mundo para imponer a las mujeres el deber de aceptar los hijos que les caigan o para impedir que se auxilie a los sufrientes a bien morir.
El efecto de estas reformas en materia de aborto es gravísimo. No se trata solamente de impedir la despenalización sino de contrarreformas de consecuencias insospechadas. En los estados que han aprobado estos cambios, una mujer violada que resulte embarazada por la violenta invasión de su cuerpo no tendrá la opción de elegir si continúa o termina con el embarazo. Una mujer tampoco podrá decidir si sigue adelante con un embarazo que ponga en peligro su propia vida. El piadoso Estado le impone la obligación de parir. La irreflexión con la que se legisló es tal que México puede haberse convertido en el país donde existe la pena más cruenta contra quienes practican el aborto. Diego Valadés ha detectado el absurdo jurídico que se desprende de la conversión automática de una prédica religiosa en regla de derecho. Identificar la unión de dos células con la vida humana plena y equiparar el régimen de sus derechos es un absurdo monumental. Una mujer que por descuido ingiriera alimentos que provoquen la muerte del embrión deberá ser considerada homicida imprudencial. Si se provocara voluntariamente el aborto estaría cometiendo un homicidio con todos los agravantes imaginables y podría pasar 50 años en la cárcel. Pensemos, como sugiere Valadés, en los médicos que participan en procesos de fecundación in vitro. En el caso de que el manejo del material fecundado condujera a la muerte del cigoto, estaríamos igualmente en presencia de un asesinato, posiblemente de un asesinato múltiple. Se trata, pues, de monstruosas reformas apresuradas e irreflexivas que tienen como propósito congraciar a la clase política con la jerarquía católica.
Es entendible que las entidades de la República regulen de manera distinta el aborto. Ésa es una de las bondades del régimen federal: legislaciones a tono con el clima de la opinión local. No sería por eso extraño que en un país tan diverso existieran regulaciones distintas en esta materia tan polémica y tan compleja. Ése es precisamente el espacio que la Suprema Corte de Justicia abrió en esta materia: sean los estados quienes normen asunto tan delicado. Pero lo que hemos visto en semanas recientes no es el despliegue de la legítima autonomía local sino la imposición del dogma religioso sobre una clase política conservadora y oportunista. El conservadurismo religioso del PAN no es ninguna sorpresa. Lo es tal vez su incapacidad de vestir su fe con trajes seculares para redactar normas que no sean sólo compatibles con sus creencias sino propias de un Estado secular que no impone a todos el prejuicio de unos. Lo que resulta más aberrante es el oportunismo del PRI que difícilmente puede seguirse presentando como defensor del Estado laico después de esta abdicación. Con esta cascada de reformas, el PRI se ha convertido en la bisagra de la ultraderecha mexicana.
http://blogjesussilvaherzogm.typepad.com/
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Fecha de publicación: 16 Nov. 09
"tschüssi lieber Münte..." Adiós al Presidente del SPD

El fin de semana se llevó a cabo el retiro espiritual -bueno, no, la Asamblea del Partido Socialdemócrata Alemán (SPD). En él los 500 delegados tuvieron a bien meditar y analizar la debacle de la socialdemocracia el pasado 27 de septiembre cuando obtuvieron la vergonzosa cantidad de 23% de los votos, es decir, habían perdido respecto de 2005 casi 12%.
Franz Münterfering, quien pasará a la historia del SPD como el Presidente del partido que dos veces perdió las elecciones, se despidió con un discurso reflexivo: "queridos compañeros y compañeras, el partido está pasado de moda, somos los del pasado" Y cómo no, si el propio Münte se encargó de sentarse en la silla que entre 2006 y 2008 ocupaba Kurt Beck, representante de una "más moderna generación" y quien fuera víctima de una intriga de palacio en septiembre de 2008. Münterfering ocupó la presidencia del SPD entre 2004 y 2005, ajá, cuando el SPD perdió, no sólamente Nord-Rhein Westfalen, bastión tradicionalmente socialdemórata, sino también la cancillería en las elecciones de 2005, exacto, aquél septiembre negro de Gerhard Schröder que se rehusaba algo encervezado a dejarle la oficina a Angela Merkel. Después de eso, Münte siguió, como Vicecanciller de Merkel y Ministro de Trabajo. Debido a que la Sra. Münterfering estaba enferma de cáncer terminal, Münte renunció a la política. Petra Münterfering murió en 2008, y eso le dió nuevos bríos a nuestro galán de telenovela para regresar y quitarle la silla a Beck, que seguramente nada más estaba calentando para que Münte, de 66 años, con todo y novia treintañera regresara a "salvar el día". Pero le falló, eligieron al más grisón de todos los compañeros socialdemócratas, Herr Frank-Walter Steinmeier, quien se había quedado ocupando su silla en la Vicecancillería, y quien había sido el Jefe de la Cancillería de Gerhard Schröder. El dúo dinámico formado por Steiny y Münte no logró levantar cabeza y, sip, fracasó en septiembre pasado. Las elecciones federales de 2009 dieron el triunfo a la derecha: hoy Alemania es gobernada por la Unión (CDU/CSU) y los Liberales (FDP) para berrinche socialdemócrata. Y es que no sólo la Unión les robó "el centro" que con tanto esfuerzo había logrado conquistar Gerhard Schröder con su neue Mitte (nueva mitad) y su Agenda 2010, sino que el tema social y de trabajo fué arrebatado por Die Linke (la Izquierda, el partido del democratizado SED y el WASG, formado por los disidentes a la izquierda del SPD, exacto, onda nuestro PRD). Ahora quieren cobrar venganza china y prometen robarse de los Verdes el tema ecológico. Al menos eso advirtió Andrea Nahles el fin de semana, cuando recién la habían elegido Secretaria General del partido.
En su discurso Münte analizó las razones de la derrota:
"estábamos pasados de moda", "nunca se supo quién, ni hacia dónde", "hubo demasiados cambios al frente del partido", "no era claro con quién formaríamos gobierno", "no era claro si formaríamos gobierno con Die Linke". Dijo que Sigmar Gabriel, el nuevo Presidente del SPD (sobre esto en otro post) "is the man".
Y para terminar nos dejó unas palabras:
"Queridos compañeros y compañeras para concluir: el SPD no está allí sólo como partido, sino para ocuparse de que las personas puedan vivir dignamente."
Ahora habrá que ver si la debacle de la socialdemocracia alemana fué culpa de Münterfering o es parte de una debacle europea de una ideología que no ha sabido reinventarse. Y es que los socialdemócratas europeos ya no se están preguntando por qué pierden electores, sino ahora se preguntan: Por qué los ciudadanos habrían de votar por la socialdemocracia...
Para enterarte de la crisis del SPD y las "intrigas de palacio" pincha aquí el link al SPD....
Encuesta 2009: Pulso de Europa después de la Caída del Muro
Todo parece indicar que: son los jóvenes los que no han vivido "el desencanto de la democracia", y al ser Europa un continente viejo, se refleja el desencanto de la seguridad de "la cuna a la tumba" de los viejos. Durante la Guerra Fría los sistemas en pugna se mitificaron, de manera que comparativamente las encuestas realizadas después de 1989 mostraban una esperanza, hoy muestran una realidad.
Ni la economía de mercado ni el sistema multipartidista son la panacea, pero sí son, hasta ahora, los sistemas que garantizan la libertad y lo vemos en el porcentaje de personas que opinan que su vida es mejor y los porcentajes de satisfacción son mayores.
Overview del Estudio
Celebrando la Libertad (Fotoreportaje)
Celebrando la Libertad
Fotoreportaje especial para CEINPOL
Por: Geraldina González de la Vega
El 9 de noviembre se celebraron los 20 años de la Caída del Muro de Berlín, símbolo de la Guerra Fría y de la división de Europa -y del mundo- en dos ideologías. En 1989, como en un efecto dominó, se levantó pacíficamente la Cortina de Hierro que limitó las vidas de millones de personas desde Stettin, en el Báltico, a Trieste, en el Adriático. El lunes celebramos la libertad.

Toda la Ciudad de Berlín estaba invadida de cartelones que anunciaban diferentes eventos para conmemorar el 20 aniversario de la Caída del Muro de Berlín: conciertos, exposiciones fotográficas, museos, colecciones de objetos, inclusive exposiciones de pedazos del Muro. A pesar de que la historia del Muro conlleva el sufrimiento y la muerte de muchas personas, el ambiente era de felicidad y fiesta. Un buen número de visitantes eran reincidentes: habían estado allí, en Berlín, el 9 de noviembre de 1989.


El evento del lunes 9 se llamó Fest der Freiheit o Fiesta de la Libertad. Y es que se conmemoró el triunfo de la libertad y no el triunfo de un sistema o ideología. Se celebró la caída de la barrera que dividía a seres humanos, se conmemoró el año en que, como fichas de dominó, fueron cayendo uno a uno los regímenes de los seis estados satélites del imperio soviético, en orden: Polonia, Hungría, Alemania oriental, Checoslovaquia, Bulgaria y Rumania.

Detrás del Reichstag se encuentra esta pared, regalo de Polonia:
"Este pedazo de muro del astillero de Danzig recuerda el comienzo del fin de los regímenes comunistas en Europa del Este. Es un obsequio del Sejm, el Parlamento polaco, al Parlamento alemán (Bundestag). La pieza es parte del muro sobre el cual subió Lech Walesa el 14 de agosto de 1980 para organizar una huelga que diera lugar a la fundación del sindicato Solidaridad (Solidarnosc). El Solidarnosc recibió gran solidaridad en Polonia y desde el extranjero, especialmente en Alemania. De él surge el movimiento popular que en 1981 con éxito se enfrenta al derecho de guerra y comienza con el proceso de democratización en Polonia que lleva a la superación de la división de Europa y la caída del Muro de Berlín."
Para simbolizar el dominó vivido en 1989 se prepararon 1000 "pedazos de Muro" de unicel blanco que fueron patrocinados y pintados por personas de todo el mundo y de todas las ocupaciones. Escuelas primarias, universidades, centros Goethe, escuelas de música y arte, empresas, marcas conocidas como Coca-Cola o Ryan Air. Cada pedazo tenía diferentes dibujos, representaciones de sus autores sobre el significado de la Caída del Muro, del Muro mismo o de la libertad. Algunas marcas prefirieron anunciarse. Cada uno de 2,5 metros de alto, fueron instalados entre la Potsdamer Platz y el Barrio del Gobierno (Regierungsviertel) a orillas del río Spree, un espacio de casi 2 kilómetros. La atracción del evento del lunes fué la Caída en cadena de este Muro. El evento comenzó con música de Wagner, Beethoven, Goldmann. Se conmemoró también a las víctimas del Holocausto, pues fué también un 9 de noviembre cuando el terror comenzó con la llamada Noche de los Cristales Rotos. La Staatskapelle Berlin, conducida porDaniel Barenboim, tocó para ello "A Survivor from Warsaw" de Arnold Schönberg.
Después cruzaron simbólicamente de oeste a este la Puerta de Brandenburgo: Angela Merkel, Canciller y Horst Köhler Presidente de Alemania, Dmitri Medwedew, Nicolas Sarkozy, Gordon Brown y Hillary Clinton, los cuatro representando a los cuatro aliados.
A las ocho de la noche Lech Walesa y el ex Primer Ministro de Hungría, Miklos Nemeth empujaron la primera pieza que decía "todo comenzó en Polonia" y que empujó a las otras 999 al ritmo de la Berliner Luft cantada por Plácido Domingo, la sorpresa de la noche. Gracias a la liberalización de estas dos naciones, el cambio en las otras cuatro se hizo posible.
Las fotos que siguen son en el Barrio del Gobierno y el edificio del Reichstag:





Por la Puerta de Brandenburgo, aquí desde la Pariser Platz, exactamente detrás de la Puerta pasó el Muro entre 1961 y 1989:
Aquí se puede ver a la izquierda el edificio del Reichstag con su cúpula moderna, a la derecha la Puerta de Brandenburgo y abajo, con piezas de unicel, se ubica por donde pasó el Muro:


Aquí se puede ver a lo lejos la Puerta de Brandenburgo. Estamos cerca de la Potsdamer Platz:

Aquí acaba el dominó, en la Potsdamer Platz.
Por el Barrio del Gobierno se encuentra esta pieza que dice "ahora crece junto, lo que junto debe estar" palabras que se atribuyen al ex-Canciller y ex-Alcalde de Berlín, Willy Brandt.
México también participó con tres piezas, en ellas se representó el Muro que divide a México y los Estados Unidos y la tercera cultura que allá se desarrolla. Fueron patrocinados por el Instituto Goethe:






En el Barrio del Gobierno se encuentran cruces que recuerdan a las víctimas del régimen y del Muro. Así mismo se indica con placas por dónde pasó el Muro.
Dentro del edificio del Gobierno Federal, se montó una exposición fotográfica. Con pedazos de Muro se indican el número de personas que cada año, entre 1961 y 1989, allí perdieron la vida, intentando buscar la libertad:
En esta fotografía vemos una fotografía de los noventa donde se puede ver el edificio del Reichstag y el río Spree. Atrás, el edificio del Reichstag hoy y el río:



Ahora una atracción es rentar un Trabant "Trabi" para dar una vuelta por la capital alemana. Los Trabants eran los autos que se producían en la RDA y que ahora representan la llamada "Ostalgia" o nostalgia por el Ost (este en alemán). Como decoración, pedazos de Muro pintados:


Los souvenirs del comunismo, rusos y alemanes orientales, se encuentran en el barrio del Checkpoint Charlie. Máscaras de gases y banderas del Che, comparten mesa con gorros rusos, gorras militares á la Fidel, banderas de la RDA, pins y plaquitas:
El famoso Checkpoint Charlie, escenario de los más álgidos enfrentamientos entre Varsovia y el Atlántico Norte. Aquí estuvo a punto de iniciar la Tercera Guerra Mundial. Durante tres días, en octubre de 1961, se estacionaron a ambos lados de la frontera tanques estadounidenses y soviéticos. Un arriesgadísimo juego de "chicken" que afortunadamente concluyó en la retirada soviética. Hoy en el C.C. los turistas pueden tomarse fotografías con "soldados aliados", mientras que en la esquina un norteamericano disfrazado de VoPo (policía de la RDA) sella pasaportes. Simpático para algunos, para otros, un asunto bastante serio. Hay tienditas de souvenirs donde se pueden conseguir playeras con frases célebres como la de J.F.K. "ich bin ein Berliner" (yo soy un berlinés):





Entre la Potsdamer Platz y el Checkpoint Charlie se encuentran pedazos del Muro que son monumentos protegidos:

Frente al Muro, se encuentra esta escultura de unas personas asomadas por el agujero de una pared, intentando ver hacia el otro lado:
El lunes por la tarde, antes de las celebraciones en Berlin Mitte, Angela Merkel, junto con Mijail Gorvachov y Lech Walesa, acudió al Puente de la Bornholmer Straße, conocido como el Bösebrücke o El Puente Maldito. Allí, la noche del 9 de noviembre de 1989 el guardia fronterizo, Harald Jäger, abrió la frontera permitiendo que cerca de diez mil alemanes cruzaran hacia el otro lado. El control de la Bornholmer Straße fué el primero en abrir de todos los que dividieron Berlín. El lunes 9, Merkel, Gorvachov y Walesa caminaron de Este a Oeste. Nosotros también, pero algunas horas antes:
En varios puntos de Berlín se encuentran estas torres de información en donde una grabación relata lo allí sucedido en 6 idiomas:

Así se veía parte del Muro durante la década de los ochenta. Aquí desde la torre en la calle Bernauer:

Para las festividades fué renovada la famosa East Side Gallery, donde se guardó parte del Muro que en la década de los noventa su parte oriental se cubrió con pinturas de varios artistas:
El Muro de la East Side dividió Berlín a lo largo del río Spree, es decir, no se tenía acceso él:
Aquí algunas de las más famosas pinturas:









Esta fotografía es de DPA y muestra el momento en que caen las primeras piezas del dominó empujadas por Walesa:
Esta fotografía es de Reuters y muestra los fuegos artificiales que se lanzaron la noche del 9 de noviembre. 
!Viva la Libertad!













