martes, 30 de agosto de 2011

Karen Atala e hijas en Redes al Aire





Mea Culpa:
Debí citar a la Corte mexicana en lugar de Palmore v Sidoti:

"Si esta Suprema Corte estableciera que la reforma impugnada es inconstitucional, porque la sociedad va a discriminar a los niños que sean adoptados por parejas homosexuales, se discriminaría a estos niños desde esta sede constitucional, lo cual sería sumamente grave. La discriminación en México se da de muchas maneras. En este sentido, lo que la Constitución busca, a través de su texto expreso y de los valores que la inspiran, es prevenir esta discriminación, por lo que no podríamos declarar inconstitucional una reforma legal como la que ahora nos ocupa, bajo ese argumento, porque ello implicaría “constitucionalizar” la discriminación...resultaría totalmente contrario al artículo 1° constitucional, sujetar a todo un grupo o colectivo de personas, en función de su orientación sexual, a la demostración de que son “aptos” para solicitar la adopción de un menor o, peor aún, prohibírselos...como si la orientación sexual fuera algo negativo"

Acción de Inconstitucionalidad 2/2010
párrafos 331,332, 337

Aquí la Amicus a que nos referimos en la entrevista:

Amicus Curiae que presenta Ombudsgay a la Corte Interamericana de Derechos Humanos a favor de Karen Atala e...

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