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martes, 5 de junio de 2018

Breve resumen de la sentencia de Masterpiece Cakeshop


Por: Geraldina González de la Vega (commons)

Masterpiece Cakeshop LTD et. al. vs Colorado Civil Rights Commission et. al.
 7-2 (Kennedy)
Votos en contra de Ginsburg y Sotomayor.

Se trata de una pastelería propiedad de Jack Phillips, quien es un cristiano devoto. En 2012, le dijo a una pareja del mismo sexo que no crearía un pastel para su boda por su oposición religiosa a los matrimonios entre personas del mismo sexo (matrimonios que Colorado no había reconocido) pero que les podría vender cualquier otro pastel (de cumpleaños, por ejemplo)
La pareja demandó ante la Comisión de Derechos Civiles de Colorado con base en la Ley de Antidiscriminación de ese estado, la cual prohíbe, la discriminación basada en la orientación sexual, en cualquier comercio que haga ventas a todo público o que ofrezca servicios al público.
Bajo dicha ley, la Comisión refirió el caso al juzgado administrativo, quien falló a favor de la pareja, rechazando los argumentos basados en la primera enmienda de Phillips: requerirle crear un pastel para una boda de personas del mismo sexo violaba su derecho a la libertad de expresión pues se le obligaba a expresar sus talentos artísticos para expresar un mensaje con el que no estaba de acuerdo y que violaba su libertad de religión. Tanto la Comisión como la Corte de Apelaciones de Colorado, confirmaron el fallo.

La Corte Suprema de Estados Unidos resolvió: las acciones de la Comisión violan la cláusula de libre ejercicio.

La sentencia analiza el tratamiento de la autoridad de Colorado con respecto a los argumentos del repostero para negarse a crear un pastel para la pareja del mismo sexo, pues desecharon la objeción de conciencia religiosa al considerar que ésta solo servía como base para la discriminación.
Por otro lado, la Corte toma en cuenta que hubo otros tres casos en que se solicitó a reposteros crear pasteles en contra de los matrimonios gay y que las resoluciones fueron favorables a la objeción de conciencia para no realizarlos, dando un trato diferente arbitrario entre reposteros, ajustado a lo que la propia Comisión consideraría una razón válida (discriminación a parejas gay) y una inválida (creencia religiosa). Esta parte de la sentencia es la que sustenta el voto particular y los concurrentes de Kagan, Breyer y Gorsuch.

A)    Las leyes y la Constitución pueden y en algunas instancias, deben, proteger a las personas homosexuales y las parejas homosexuales en el ejercicio de sus derechos civiles, pero las objeciones religiosas y filosóficas al matrimonio gay son opiniones protegidas y en algunas instancias, formas de expresión protegidas. Mientras que no hay excepciones en la protección de la ley de Colorado para las personas homosexuales en la adquisición de productos y servicios bajo los mismos términos y condiciones que son ofrecidos a otros miembros del público, la ley debe ser aplicada de manera que sea neutral hacia la religión. Para Phillips, el argumento de que usar su destreza artística para realizar una declaración expresiva, la aceptación de una boda según sus propias palabras y su propia creación, tiene un componente significante de libertad de expresión de la primera enmienda e implica sus profundas y sinceras creencias religiosas. Su dilema es entendible en 2012, pues fue antes de que Colorado reconociera la validez de los matrimonios entre personas del mismo sexo y antes de que la Corte se pronunciara en U.S v Windsor o en Obergefell. Dada la posición del estado en ese momento, hay fuerza en su argumento de que no fue irrazonable en hallar legalidad en su decisión. La ley del estado en esa época, también concedía a los dependientes de las tiendas algún grado para declinar crear mensajes específicos que consideraran ofensivos. La División de Derechos Civiles concluyó que al menos en tres casos un repostero había actuado legalmente al declinar crear pasteles con decoraciones que denostaban a personas homosexuales o matrimonios gay. Phillips también tenía derecho a una consideración neutral y respetuosa de sus demandas en todas las circunstancias del caso.
B)    Sin embargo, esa consideración se lastimó por parte de la Comisión, pues el caso de Phillips fue tratado con clara e inadmisible hostilidad hacia sus creencias religiosas que motivaron su objeción. Como muestra su expediente, algunos de los comisionados, en las audiencias formales y públicas de la Comisión, presentaron la postura de que las creencias religiosas no pueden ser legítimamente expuestas en la esfera pública o en el dominio comercial, caracterizando la fe de Phillips como despreciable y meramente retórica, comparando su invocación sincera hacia su fe con la defensa de la esclavitud y el Holocausto. Los comentarios presentan la duda sobre la justicia e imparcialidad con que se resolvió el caso de Phillips por parte de la Comisión.
Otra indicación de la hostilidad, es el tratamiento distinto del caso de Phillips y los casos de otros reposteros con objeciones por los mensajes anti-gay que prevalecieron ante la Comisión. La Comisión falló contra Phillips en parte bajo la teoría de que cualquier mensaje en el pastel de bodas solicitado sería atribuido al cliente y no al repostero. Sin embargo, la División no atendió este punto en ninguno de los casos sobre las solicitudes de pasteles que pretendían presentar símbolos anti-gay. La División también consideró que cada repostería estaba dispuesta a vender otros productos a los clientes, pero la Comisión encontró irrelevante la voluntad de Phillips de hacerlo. La Corte estatal de apelaciones discutió levemente esta disparidad de tratamiento y no da respuesta a la preocupación de Phillips de que la práctica estatal fue desfavorecer la base religiosa de su objeción.
C)    Por estas razones, el tratamiento de la Comisión del caso Phillips violó el deber del estado bajo la primera enmienda de no basar las leyes o regulaciones en hostilidad hacia la religión o hacia un punto de vista religioso. EL gobierno, consistentemente con la garantía constitucional de la libertad de ejercicio –religioso- (primera enmienda), no puede imponer regulaciones que sean hostiles a las creencias religiosas de ciudadanos afectados y no puede actuar de manera que juzgue sobre o presuponga la ilegitimidad de creencias y prácticas religiosas. En Church of Lukumi Babalu Aye, Inc. v Hialeah, se dijo que los factores relevantes para el entendimiento de la neutralidad gubernamental  incluyen “el trasfondo histórico de la decisión que se revisa, la serie de eventos específicos que llevan a la promulgación de la política en cuestión, y la historia administrativa o legislativa, incluyendo las declaraciones contemporáneas realizadas por miembros del cuerpo de decisión”. Bajo dichos factores, el expediente demuestra que la consideración de la Comisión del caso de Phillips no fue tolerante ni respetuosa de sus creencias religiosas. La Comisión dio toda la apariencia de haber basado su adjudicación de la objeción y sus bases religiosas, en una normativa negativa de la  evaluación de la particular justificación, pero el gobierno no tienen ningún rol en expresar o sugerir que la base religiosa de la objeción de conciencia es legítima o ilegítima. La inferencia aquí es que la objeción religiosa de Phillips no fue considerada bajo la neutralidad requerida por la cláusula de libre ejercicio (primera enmienda). El interés del estado pudo haber sido ponderado contra las objeciones religiosas sinceras de Phillips de manera en que fuera consistente con el requisito de neutralidad religiosa que debe ser observado de manera estricta. Pero las expresiones de hostilidad oficiales hacia la religión en los comentarios de algunos comisionado fueron incompatibles con ese requerimiento y la consideración desigual del caso de Phillips con respecto a los de los otros reposteros, también sugieren lo mismo.
Se revoca.


Voto particular (Ginsburg y Sotomayor):
La diferencia entre los pasteles anti-gay y el pastel de la pareja demandante es que los primeros solicitaban que se engravara un mensaje diciendo que la biblia ve a la homosexualidad como un pecado. Mientras que en el otro, solamente se pedía un pastel de bodas sin ningún mensaje específico.
El punto es que Phillips no proveyó de un servicio que sí hubiera proporcionado a la pareja si ésta hubiera sido heterosexual. No hubo diferencia de tratamiento entre un caso y los otros casos antigay.
Phillips se negó a crear el pastel solamente por la identidad de los clientes y no, como en los otros casos, por el mensaje que los pasteles contendrían.
El precedente de Lukumi no aplica en el presente caso, pues en ese caso un solo cuerpo de decisión resolvió violando el principio de neutralidad religiosa; en este caso intervinieron la División, el juzgado administrativo, la Comisión y la corte de apelaciones. La Corte no aclara ¿qué prejuicio infecto las determinaciones de los adjudicadores en el caso antes y después de que interviniera la Comisión?



sábado, 10 de septiembre de 2016

Las familias. Reflexiones.



Desde hace ya más de 6 años me he puesto a reflexionar el tema de la diversidad, de las familias, de los niños en familias diversas, en fin. A partir de la discusión de la reforma en el D.F. que incluía a las parejas del mismo sexo para contraer matrimonio y adoptar, y todo fue precisamente por la discriminación que desató tal reforma. 
Desde entonces hay oleadas de oposición a las familias diversas, pero la verdad es que ha sido apenas ahora que escucho los argumentos más hostiles en contra de todas las familias, porque aunque una mayoría (no muy grande por cierto) esté constituida por una mamá, un papá unidos en matrimonio y sus hijos biológicos, la realidad es que es falaz hablar de que eso es lo "natural".
¿Qué es lo natural? pues básicamente lo natural sería que las mujeres (mayormente las heterosexuales) tuviéramos hijos con un hombre (dando por buena la teoría de que somos una especie monógama) o más, a falta de éste. Y ya. Porque pienso que hablar de lo natural, nos lleva a aceptar nuestra esencia animal y bueno, pues si nos vamos a ese último reducto creo que no cabe hablar de instituciones, ni de leyes, ni de Estado, ni de derechos, ni de orientaciones sexuales, ni de relaciones de filiación. En fin. No cabe hablar de nada porque todo el aparato con el que analizamos esto es "artificial". 
Ahora, si estamos hablando de "lo natural" para referirnos al "paraíso" y a Adán y Eva, me doy. 
Aunque, concediendo que fuera ese momento bíblico el deber ser de la naturaleza humana, yo me pregunto entonces si dentro de lo natural cabe el incesto y la vida sexual sin matrimonio. Supongo que no.   
¿Qué es lo natural? 
Puede el ser humano (ajá, así, todos, como especie) hablar de "lo natural", ¿se puede defender una institución social, jurídica y religiosa, como algo natural? 
¿Es la monogamia natural o es una construcción social? ¿como el matrimonio, como la familia, como el género?
¿Siempre ha sido así?
El argumento de la "familia natural" no solo es falaz, es inexacto sociológicamente porque las familias a lo largo de la historia se han constituido de las formas más diversas, los hijos que unos crían, no son sus descendientes biológicos; las familias son lo que cada unidad de seres que se procuran quieren que sea. Hay comunidades donde los niños son criados en común, hay otras donde las familias extendidas viven juntas y se crían juntos a todos los primos. Desde siempre han habido familias con hijos adoptivos, putativos. Hay familias conglomeradas, es decir, que se forman por hijos de cada pareja, más los que tienen en común; inclusive a veces se incluyen y crían como propios, hijos de personas allegadas, niños que no se adoptan formalmente, pero que son criados junto con los hijos propios.
En verdad, si uno lee un poquito puede darse cuenta de que esta familia "maravillosa" de la que habla el tan mentado Frente Nacional (¡que nombre tan fascista!) ha existido en tan solo una parte de la historia, en algunas partes del planeta.
La familia tradicional, esa que nos dibujan con una madre que trae la bolsa de las compras, con un papá (¿biológico? ¿seguro?) y dos niños, apenas existe desde hace poquito más de 100 años. Con el advenimiento de la revolución industrial, el crecimiento de las ciudades, el apogeo del trabajo profesional gracias al mejoramiento social y económico de la clase media, las familias extendidas que vivían en el campo fueron disminuyéndose hasta quedar lo que hoy conocemos como familia tradicional. 
Todavía podemos rastrear las familias de nuestros bisabuelos o tatarabuelos que eran extensísimas y muchos conocemos historias de tíos, primos, abuelos, hijos putativos que vivían bajo el mismo techo. 
La despatologización de la homosexualidad a permitido que las personas con orientación sexual diversa formen de manera abierta familias, las cuales existen diga lo que diga la ley. Nada más faltaba que para tener hijos uno tenga que leer códigos. 
Quizá lo que quieren decir es que La Familia (con mayúsculas) es aquella que "puede" procrear por sí misma, pero luego, volvemos a la misma mentira. La historia está plagada de ejemplos de familias formadas por adultos que no necesariamente son los padres o madres biológicos de los hijos que crían. Y eso está bien, la biología ¿qué? para hablar de familia, de relaciones filiales lo que cuenta son muchas otras cosas más que el ADN.
Negar que las familias homoparentales ya existan y no sean posibles porque biológicamente dos mujeres o dos hombres no pueden procrear me parece un argumento bastante pedestre e infantil. Insisto, ¿de cuándo acá las familias históricas han estado formadas solamente así? A mí siempre me han parecido fascinantes las novelas históricas que dan cuenta de estos "líos" familiares en familias reales. Digo, por poner un ejemplo. 
Hablar de la "familia natural" me hace pensar en una familia de perritos. Pero luego me acuerdo de mis perros y pues volvemos a la misma historia. Mi perra quedó preñada una vez que se escapó de la casa, nacieron unos perritos que tenían un aspecto distinto a ella y a mi perro (ambos eran de raza chow chow), por lo que estábamos seguros de que él no era el "feliz padre", sin embargo, el perro cuidaba a los cachorros como suyos y los presumía como suyos, te jalaba con el hocico para que los vieras. ¿Es esta la familia natural de la que habla el Frente? Pues bueno, tampoco está compuesta por un padre, una madre unidos en matrimonio y sus hijos biológicos, digo, por si tenían la duda sobre si eran cónyuges y ella podía ser denunciada por adulterio. 

Yo quisiera saber si las familias que marcharán mañana están 100% seguras de que los unen lazos biológicos. No sé. Es pregunta. Dicen "el que esté libre de pecado que tire la primera piedra".

¿En verdad están dispuestos a aceptar que no son familias todas las que no están formadas por papá, mamá e hijos? por cierto, no son mayoría en México. Y si le agregan el "hijos biológicos", estoy segura que ese porcentaje disminuiría...

Pero ya que estamos en eso, hoy con las técnicas de reproducción asistida la pater/maternidad se ha fragmentado más, y tenemos madres que pueden ser biológicas, pero no genéticas; niños con dos padres con quienes tienen alguna relación genética (con ambos), en fin. 

¿Qué es el ser padre o madre? Según el Frente es aportar el material genético para producir a una persona. Entonces, ¿niegan el carácter de padre/madre a aquéllos que lo son solamente en el aspecto afectivo y social? Si no lo hacen, no comprendo por qué no pueden reconocer a las familias homoparentales, a las adoptivas, a las que se han conformado gracias a técnicas de reproducción asistida, a las conglomeradas, en fin. ¿Si sí lo hacen, entonces qué caso tiene la crianza de los hijos? Si la cosa es solamente -poder- producirlos.

Si la pater/maternidad es solamente la aportación de material genético ¿dónde queda la crianza a la que apelan? 
Si formar una familia se reduce a la fecundación y la producción de un nuevo ser, ¿para qué apelar a valores morales si la crianza y la pater/maternidad social y afectiva no es relevante?
Si apelan a proteger a los niños ¿por qué creen que no los lastiman cuando les dicen "no tienes una familia" porque no tienes un papá y una mamá biológicos?

Me parece que todos los argumentos de la familia natural o biológica son insostenibles para predicar que esa es la única "buena". Y hablo de bondad porque el Frente solamente puede hablar en esos términos, el Frente no puede apelar a modificar el orden jurídico pues este descansa sobre valores plurales, sobre la dignidad, sobre la igualdad y no discriminación, sobre el libre desarrollo de la personalidad, sobre la autonomía, sobre el interés superior de los niños y las niñas; y todos esos principios y valores fundamentales deben poder protegernos a todos y a todas, y no a un grupo que considera que lo único válido es la aportación de material genético para generar personas. O cualquier valor moral X que no tiene la posibilidad de respetar esos principios. 

Al salir a marchar, el Frente se recarga en esos valores que ataca. Esa es la gran ironía. 

Habla de proteger a los niños y a los primeros que ataca son a los que viven en familias que no se ven como la de su imagen.
Habla de su derecho a pensar diferente y ataca a los que piensan diferente.
Habla de su derecho a creer en determinados valores y ataca a los que creen en determinados valores.
Habla de su derecho a criar a sus hijos y ataca a los que crían a los propios.
Habla de decir la verdad y ataca a la verdad (y no me refiero a una verdad con mayúsculas, perenne, como ellos piensan, sino de los contenidos y los efectos de las normas jurídicas).
Habla de amor y ataca a las familias que se quieren. 
Habla de una superioridad moral de ciertas familias únicamente por su forma y no por su sustancia. 
Habla de valores dentro de la familia y es lo último que le importa pues privilegia la forma. 
Habla de valores cristianos y ataca precisamente los valores que sustenta esta religión.
Habla de proteger a sus hijos y ataca a los del prójimo. 

Al salir a marchar, quienes acompañen estas consignas están atacándose a sí mismos, los valores por los que luchan descansan sobre sí mismos, si ellos los destruyen, se destruyen a sí mismos. 

Una sociedad plural tiene cabida a diversos puntos de vista, a diversos entendimientos de la vida buena. 

En una democracia, la protección de los derechos de las minorías, garantiza los de las mayorías. En las sociedades laicas, los valores religiosos tienen cabida en la deliberación democrática, sin embargo, deben ser traducidos al lenguaje común, en este caso, el de los derechos humanos y en este sentido, ninguna religión, por mayoritaria que sea, tiene derecho a exigir limitar los derechos de otros, mucho menos de hacer apología de la fobia y la discriminación.

Es muy lamentable su discurso. Ojalá recapaciten. Y tú, si piensas ir  a la marcha. Piensa que mañana puedes representar una posición minoritaria. Es un deber moral respetar nuestros valores, de otra manera, descansamos sobre la nada.  


Yo también quiero proteger a mis hijos, pero deseo que puedan ser lo que quieran ser sin temor a ser señalados como inferiores, como menores, como indignos. 




jueves, 6 de diciembre de 2012

¿Qué significa la decisión de la SCJN sobre matrimonio igualitario?

Hoy publico en Animal Político una explicación sobre los efectos de las sentencias de la primera Sala de ayer sobre matirmonio igualitario en Oaxaca. 

Leer Más: http://www.animalpolitico.com/blogueros-treinta-y-siete-grados/2012/12/06/que-significa-la-decision-de-la-primera-sala-de-la-scjn-sobre-matrimonio-igualitario/#ixzz2EI3qBcWl

Matrimonio Igualitario en Oaxaca


Esta nota de CNN es muy clara:


(CNNMéxico) — La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió este miércoles amparos a tres parejas del mismo sexo del estado de Oaxaca a las que se las autoridades locales les han negado el acceso al matrimonio basándose en un artículo del Código Civil estatal.
Los ministros determinaron que el artículo 143, que solo permite el matrimonio “entre un solo hombre y una sola mujer”, está redactado de forma tal que “atenta contra la autodeterminación de las personas y el derecho al libre desarrollo de su personalidad”, según explicó la SCJN en un comunicado.
Dicho artículo justificaba su visión del matrimonio basándose en que se trata de un contrato civil en el que la pareja hombre-mujer se une “para perpetuar la especie y proporcionarse ayuda mutua en la vida", redacción que fue considerada como inconstitucional por los ministros Arturo Zaldívar, Jorge Mario Pardo y José Ramón Cossío. 
“La Primera Sala argumentó que no es razonable la exigencia prescrita por el legislador local”, y también determinó que la redacción del artículo que dice “un solo hombre y una sola mujer” debe interpretarse como “entre dos personas”, sin importar el género que sean, explicó la SCJN.
Y aunque los ministros no ordenaron que se deba concederles el acceso al matrimonio a las tres parejas, sí determinaron que las autoridades de Oaxaca, en el sur del país, no pueden negar la unión legal entre parejas del mismo sexo argumentando que el artículo 143 no lo permite.
Si bien los amparos beneficiarán únicamente a las tres parejas del mismo sexo que fueron amparadas para que pudieran contraer matrimonio, de aprobarse otros dos amparos en el mismo sentido sentaría jurisprudencia, lo que obligaría a los jueces federales de todo el país a resolver en el mismo sentido.
En entrevista con representantes de medios de comunicación, el ministro Cossío explicó que un contrato civil, como lo es el matrimonio, puede celebrarse entre dos personas, sin importar su sexo y sin necesidad de que este tenga como finalidad la procreación. 
“Los tres casos son efectivamente respecto al estado de Oaxaca, sin embargo por la posición que tenemos en la Suprema Corte como tribunal máximo dentro del país, es previsible que si otras personas de otras entidades federativas impugnaran un código que tuviera una condición semejante, la sala reiterará su criterio y eso con el pasar de los meses irá generando una jurisprudencia que resultará obligatoria”, explicó Cossío horas más tarde en entrevista con CNN en Español.
“Mientras la Suprema Corte vaya manteniendo este criterio se podrá ir impugnando la legislación de distintos estados de nuestra federación e irlos declarando inconstitucionales como aconteció el día de hoy”, añadió el ministro.
Actualmente sólo dos entidades del país permiten la unión legal entre parejas de este tipo. Primero fue el Distrito Federal, en donde en marzo de 2010 entró en vigor la Ley de Sociedades de Convivencia que hace válida la unión de dos personas sin distinción de género.
Después, Quintana Roo permitió el matrimonio de dos parejas que habían solicitado su unión ya que no había ningún impedimento legal —ni en el Código Civil ni en el Código Penal del estado— para que se rechazara su solicitud ante el Registro Civil. El Congreso del estado no ha aprobado ninguna ley para permitirlo o rechazarlo.
Hanako Taniguchi contribuyó a este reporte.

lunes, 5 de noviembre de 2012

#Invisible Parents



Today, the video campaign Invisible Parents kicks off. The video focuses on the discrimination same-sex families and their children experience due to the lack of mutual recognition of civil status of their families within the EU. ILGA-Europe is a partner of the campaign together with NELFA and others.
The film has been produced by UK filmmaker Mike Buonaiuto, and the campaign is being supported by Member of the European Parliament, Michael Cashman. 
Please get behind the project by sharing it with your friends and networks: Read more on the ILGA-Europe website - visit www.invisibleparents.eu - use the hashtag #InvisibleParents when sharing it on Twitter.
Currently only 22 (16 in the EU out of 49 European countries legally recognise same-sex partnerships and only 12 (10 EU members) recognise same-sex parents. There is a huge problem with the freedom of movement due to the lack of mutual recognition. You can have all the rights and entitlements in one EU country, for example in Belgium, but moving to another EU countries you might not necessarily be seen as married/partnered or even a parent to your child! Last year we created  a short film demonstrating the absurdity of a situation where two women, one from France and the other from Finland, both countries provide legal recognition to same-sex couples, but do not recognising each other's laws on these matter. As a result this couple and their children in a legal limbo even afraid to travel out of France. Check the ILGA-Europe video 'Legal Jungle' here.
Lastly we would like to draw your attention to our recently revised policy on LGBTI families - read it here, and find out what ILGA-Europe's key demands are for the recognition of diverse families in Europe.
Don't hesitate to contact us if you have any questions about the campaign or about LGBTI families in Europe.
Thanks in advance for spreading the news about Invisible Parents.
Very best wishes

Nanna Moe
Communications Officer
ILGA-Europe
Direct line: + 32 2 609 56 53

rue Belliard straat 12, B-1040 Brussels, Belgium
Tel.: +32 2 609 54 10 • Fax: +32 2 609 54 19 • www.ilga-europe.org

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jueves, 18 de octubre de 2012

Yo estoy contra el Bullying ¿y TÚ?




Support Spirit Day 0n 10/19 because words and images matter

Visita este sitio para apoyar el #SpiritDay, el viernes, ¡vístete de morado!
http://www.glaad.org/blog/spiritday-19-days-action-day-16

miércoles, 1 de agosto de 2012

Buga pro Gay

La revista OhM me invitó a participar en su sección "Voz Hetero" contando por qué una mujer buga se dedica a defender derechos del colectivo LGBTI. Este mes sale mi colaboración.


Leí mal la invitación, que decía caracteres y no palabras, y escribí un texto mucho más largo del que aparece en la revista, así que he decidido compartirlo aquí. De todas maneras compren la revista pues además de ser muy buena, trae artículos y notas interesantes, fotos muy padres y en general es un proyecto que merece apoyo.


Comento que me llamó muchísimo la atención que en Sanborns no la tenían en exhibición, pregunté por ella y de la bodega me la dieron, el señor inmediatamente que me la entregó huyó y no tuve oportunidad de preguntarle por qué no estaba en el estante. No lo volví a ver. Ojalá y haya sido casualidad y no lo que pensé: "¿cómo vamos a exhibir aquí en el estante una revista gay?" Si es el caso, FAIL a Sanborns y les invito a exigir que la revista la pongan junto a otras que, como OhM, hablan de cotidianeidades, política, moda, temas como "salir del clóset" o "salud sexual", nada que no se lea en Cosmopolitan que para el caso tiene textos mucho más explícitos. 


Acá mi texto:


De granitos de arena y autenticidades
Geraldina González de la Vega

«Cuando los nazis vinieron a buscar a los comunistas,
guardé silencio,
porque yo no era comunista,
Cuando encarcelaron a los socialdemócratas,
guardé silencio,
porque yo no era socialdemócrata
Cuando vinieron a buscar a los sindicalistas,
no protesté,
porque yo no era sindicalista,
Cuando vinieron a buscar a los judíos,
no protesté,
porque yo no era judío,
Cuando finalmente vinieron a buscarme a mi,
no había nadie más que pudiera protestar.»
Martin Niemöller


Comienzo con esta cita -muy usada recientemente en México gracias a Javier Sicilia, quien erróneamente se la atribuyó al dramaturgo alemán, Bertolt Brecht-, pues hace un par de días la usó un chico que se acercó a mí después de que impartí un taller sobre diversidad sexual junto con mis compañeros de Ombudsgay. Este chico universitario me hizo dos preguntas que me parecen pertinentes en este texto, pues es el mismo tema que me trajo a las páginas de OMH: ¿Cómo haces la diferencia ante una sociedad hostil hacia la diversidad sexual? ¿Por qué siendo buga participas en esta lucha?
Comienzo por presentarme: mi nombre seguramente ya lo leyeron debajo del título, en twitter soy geraldinasplace y por lo general soy Geraldina “a secas” o Gera, soy jurista y me he especializado en el derecho constitucional y derechos humanos. Vivo en Alemania desde 2004 estudio un posgrado y desde 2010 me dedico a estudiar, analizar y defender temas relacionados con la diversidad sexual. Mi interés por los temas relacionados con la sexualidad y el género surgió gracias a la discusión pública que desató la aprobación del matrimonio igualitario en el D.F. En mi cuenta de Facebook lo defendí de manera pública ante mis familiares y amigos. Las reacciones de algunos de ellos fueron muy agresivas, llenas de prejuicios y ofensas, y llenas de argumentos desinformados para mi gusto. En ese tiempo empecé a usar activamente mi cuenta de Twitter para defender la reforma de la Asamblea del D.F. Siempre he creído que en un Estado constitucional, es decir, uno basado en los derechos y la democracia, no hay cabida a la discriminación por orientación sexual o identidad de género.
El Estado no puede excluir a nadie del disfrute de ningún derecho o libertad por tener atracción o deseo sexual de personas de su mismo sexo, el Estado no puede tratar diferente a quien tiene una identidad diversa a la que culturalmente se nos dice debe corresponder a nuestro sexo. El Estado no puede prohibir a ciertas parejas la posibilidad de formalizar su decisión de compartir un plan de vida y el matrimonio no es solamente la formalización de derechos y obligaciones, es –también- un mensaje, un símbolo, y este mensaje es el que hacía falta a muchas parejas que en el D.F. podían unirse en sociedades de convivencia. Comprendí que las familias se forman independientemente de lo que el Estado diga o no diga, y que prohibir a los matrimonios homosexuales adoptar, lastimaría a muchos niños que ya viven con dos mamás o dos papás, pero que solamente uno o una es el padre o la madre en el papel.
Defendí ambas cuestiones sin ser homosexual, ni tener familiares ni amigos gay cercanos. No hace falta conocer personalmente a quien le sean violados sus derechos para ponerse en sus zapatos. Al entrar al mundo de Twitter conocí virtualmente a muchas personas homosexuales que hoy son mis amigos y amigas, a quienes estimo y respeto y quienes deben tener todos los derechos, a ser respetados en su diversidad y a ser entendidos en su igualdad como seres humanos. Pero la verdad es que no necesitaba “conocer a alguien” para comprender que discriminar a una persona por su orientación sexual está mal y es incorrecto. 
Desafortunadamente, a pesar de lo que las normas y las sentencias de las cortes digan, la discriminación y las ofensas que muchas personas homosexuales siguen sufriendo en todos los ámbitos de sus vidas sigue siendo la constante. Desde la negativa a inscribir a sus cónyuges en la seguridad social o la imposibilidad de unirse en matrimonio en todos los demás Estados de la República, hasta correr el riesgo de “ofender a alguien” por darle una muestra de cariño a su pareja.
Como si viviéramos en el medievo, hay quien considera que el Estado debe regular nuestra intimidad, nuestra identidad, nuestra sexualidad, nuestra reproducción, y peor, creen que si esto no se hace, la sociedad sucumbirá en un cataclismo, sufriremos de calamidades, “La Familia” caerá en desgracia y, probablemente, la especie humana se borre de la faz de la tierra.  
Entre enero y agosto de 2010, gracias a la acción de inconstitucionalidad que interpuso el Procurador General de la República en contra de la reforma del D.F. las agresiones verbales y físicas fueron muy duras, se dijeron y publicaron toda clase de falacias. La favorita: equiparar la homosexualidad con la pedofilia. Mi favorita personal “¿y cuándo nos vamos a poder casar con nuestros perros?”, da muestra  del nivel de argumentación. Es difícil responder a estos cuestionamientos.
También se culpó a las personas homosexuales del temblor de Haití y de algunos huracanes y tornados. Se dijeron tantas barbaridades, que yo cada vez hice más mío el tema. Era verdaderamente irritante leer a tanta gente repitiendo dogmas, falacias y mentiras. Todo ello con la intención de pavimentar una mayoría en la Corte para echar atrás la reforma del D.F. y relegar a las parejas del mismo sexo a un “matrimonio” descafeinado y a condenar a la invisibilidad a las familias homoparentales.
Para marzo o abril me buscó Alejandro Juárez quien coordinaba entonces el proyecto Ombudsgay dentro de la organización de defensa de derechos humanos I(dh)eas. Alejandro me invitó a colaborar en un informe como amigos de la Corte (Amicus Curiae) que presentarían ante la Suprema Corte mexicana defendiendo la reforma de la Asamblea del D.F. Me tocó redactar los argumentos para la parte más controvertida: adopción por parte de matrimonios homosexuales. Para mí era claro que al permitirla, se protegía a los niños, y no al revés, como alegaba el Procurador y los grupos conservadores. Hice una intensa investigación sobre el tema, leí estudios, en fin. Me di cuenta de mi visión estereotipada de muchos aspectos de la vida, mi heteronormativismo me asustó. Se abrió para mí un mundo interesantísimo, abierto, plural, diverso, de vidas autónomas y libres que buscan ser tratadas como iguales, que buscan desterrar los dogmas, los prejuicios, la predeterminación y lo predestinado, que buscan ser auténticas. Me apasionó, me atrapó.
Hasta entonces jamás había leído nada sobre género, sobre derechos de la comunidad LGBTI (confieso que me sonaba a un sandwich que pedía de niña. BLT: bacon, lettuce and tomatoe), ni sobre derechos sexuales y reproductivos. Al menos no como tema central. Desde entonces mi especialidad en teoría de la constitución y derechos se ha enfocado al tema de familias diversas y derechos sexuales y reproductivos.  
La definición de lo que se entiende por familia y el contenido de la obligación de su protección que se deriva de la Constitución es el tema que trabajo actualmente. Intentar encasillar en un concepto una realidad dinámica, como lo son las relaciones familiares resulta peligroso, dictatorial. Y es esa precisamente la cuestión que gira en torno a la diversidad, ¿cómo hacer compatible una obligación a proteger a las familias sin definirlas permitiendo su pluralidad? –es decir, sin imponer desde el Estado un modelo-.
Mi participación en ese informe de matrimonio del D.F. fue mi entrada a Ombudsgay, que para verano de 2010 se independizó y conformó un equipo, pequeño, pero con muchas ganas de incidir en la igualdad y no discriminación. Alejandro me invitó como Coordinadora Jurídica y desde entonces he participado como apoyo y asesora jurídica. Tenemos muchos planes, muchas ideas. Hay mucho por hacer. Hace falta lucha seria por los derechos del colectivo LGBTI en México, lucha que realmente incida y que provoque un cambio, que se refleje en las normas y políticas públicas. Hacen falta referentes de este tipo para la lucha de la diversidad sexual en nuestro país, quiero que Ombudsgay sea uno de ellos.
En 2011 coordiné un informe Amicus Curiae para apoyar el caso de Karen Atala ante la Corte Interamericana, jueza chilena a quien le fueron removidas de su custodia sus tres hijas por su orientación sexual. Este fue el primer caso que por discriminación por orientación sexual llegó hasta la Corte. Conocí a Karen a través de twitter y la estimo mucho, cuando en febrero se anunció la sentencia favorable a ella y sus hijas sentí una enorme emoción, después de 7 años de injusticias, de discriminación, de señalamientos, de ofensas, Karen fue compensada; y gracias a Karen y a sus hijas, el continente americano tiene ya jurisprudencia que obliga a los Estados miembros del sistema interamericano a respetar y tratar con igualdad a todas las personas homosexuales y a sus familias. El haber sido parte de eso, ver mi nombre, junto al de Ombudsgay en un pie de nota en esa sentencia me llena de satisfacción, pues sé que con granitos de arena logramos incidir en los cambios que van llegando.
Y desde 2010, como una ola, hemos visto poco a poco cambios significativos en el País, en el continente y en algunos lugares del mundo. La ONU ha demostrado su interés en llamar la atención a los Estados para evitar la violencia contra el colectivo LGBTI. Se han emitido varias declaraciones, tanto de la Asamblea General, como de comités de derechos humanos. La misma OEA ha emitido ya cuatro declaraciones llamando al respeto de la diversidad sexual. Este año, Navi Pillay, Alta Comisionada de Derechos Humanos de Naciones Unidas, publicó un informe sobre violencia contra las personas por orientación sexual e identidad de género.
En México, es lamentable la omisión por parte del Gobierno Federal y los gobiernos de todas las entidades, a excepción del D.F. En los últimos años el colectivo LGBTI ha perdido a importantes activistas, muertos a causa de la homofobia y la transfobia. Sin embargo, la diferencia se hace con acciones pequeñas pero significativas: en diciembre de 2011 lograron casarse en Quintana Roo dos parejas homosexuales, pues el código civil de esa entidad no habla de matrimonio heterosexual, solamente dice “personas”, y la semana pasada una pareja de mujeres obtuvo un amparo en Oaxaca que declara inaplicable la norma que establece que el matrimonio es entre un hombre y una mujer por ser contrario a la Constitución. Ellas podrán casarse pronto. Es posible también, que muy pronto la Corte se pronuncie de nuevo sobre este tema al atraer un amparo contra la exclusión de parejas homosexuales para contraer matrimonio.
Disculparás lector que saque aquí la cuestión electoral, pero sí importa. Al decidir por quién votas, mira las posturas de los candidatos y candidatas sobre el tema de diversidad sexual y vota por quienes apoyen la igualdad. Es importante.
Los cambios vienen, ahí están, y aunque no me atañen directamente, los disfruto como míos. Me beneficio de ellos, pues una sociedad plural, democrática y respetuosa de la diversidad, al final del día me beneficia también a mí.

Comencé este texto contando una historia. La semana pasada fuimos invitados a impartir un taller sobre diversidad sexual a la Universidad Iberoamericana, el primero que esta Universidad realiza sobre este tema. Fue un orgullo que Ombudsgay fuera invitado para ello. La experiencia fue importante, nos mostró que hay mucho por hacer, aún ante los jóvenes. Yo hubiera pensado que en las universidades, el tema de la diversidad sexual no sería ya un tabú. Sin embargo, todavía uno encuentra muchos prejuicios en las aulas universitarias, estereotipos arraigados y comprensiones heteronormativas de las relaciones, de los roles, de la sexualidad. Al concluir el taller se acercó uno de los alumnos de Derecho a quienes lo impartimos, un chico con ganas de incidir, de “hacer algo”, y me hizo estas dos preguntas que entonces le respondí y que ahora me tocó narrar aquí.
Cuando estamos en trabajo de Ombudsgay no me gusta “aclarar” que soy buga, para mis compañeros es un tema importante dicen, pues muestra que la lucha por la igualdad del colectivo LGBTI es una cuestión que atañe a todos, pero para mí implica contradecir precisamente la razón por la que defiendo la igualdad y precisamente porque en otros aspectos debe dar lo mismo si soy buga o soy gay, cuando trabajo como parte de Ombudsgay, o en cualquier otro sitio, debe dar lo mismo cómo me asumo, a quién deseo y qué sexo biológico tengo.
En julio de 2010 participé en un foro a propósito de las deliberaciones de la Corte, mi ponencia se tituló “ser gay es bueno” y desde entonces he procurado usar esta frase en otras ocasiones. La última vez que la usé, me reclamaron que por qué no decía “ser gay no es malo” y que por qué promovía la homosexualidad. Traigo aquí esta cuestión porque para mí el quid del asunto está precisamente ahí:
Ser gay es bueno, igual que ser buga. Ser gay es igual a ser buga. Ser buga no es mejor, como tampoco ser gay es mejor, son orientaciones que no pueden valorarse así. La diversidad sexual es buena y hay que celebrarla –y respetarla. Si partimos de esas premisas, veremos que nuestros argumentos cambian y dejan de ser falaces.
Entonces, a la pregunta de ¿Por qué una buga lucha por los derechos de la comunidad LGBTI? Respondo, por congruencia. Porque creo en la igualdad, creo en la diversidad. Creo en el respeto irrestricto a la dignidad, creo que cada ser humano tiene derecho a ser, a buscar su identidad, a soñarla y a proyectarla y todos tenemos la obligación de respetarla. Creo, como “La Agrado”, que una es más auténtica, cuanto más se parece a lo que ha soñado de sí misma.
A la pregunta de ¿Cómo haces la diferencia? Respondo con un cliché: las playas, aunque tarden tiempo, se forman con millones y millones de granitos de arena.


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