jueves, 29 de enero de 2009
Sobre derechos reproductivos
Escribí mi respuesta a dos lectores en la sección de comentarios, pero salió demasiado larga, pensé que sería mejor postearla:
RS el derecho (ciencia jurídica) no es "de contentillo", no podemos decir "que no lo acepten!". En un Estado Constitucional las mayorías no tienen derecho a decidir por encima de la Constitución. Jurídica, política y democráticamente hablando la Constitución es la norma suprema y la fuente de nuestro derecho y la SCJN es su intérprete y tiene la última palabra en su interpretación. Las normas para declarar improcedente la acción de inconstitucionalidad deberán ser revisadas, pero ahí tampoco entra (no debe) el criterio subjetivo del ministro.
La revisión de la reforma de BC por la SCJN nos beneficia a TODOS. No es malo que suceda, al contrario. Es muy bueno porque da certeza sobre los límites sobre dos temas fundamentales: el aborto y los derechos reproductivos y por otro lado, la divisón de poderes entre la Federación y los estados. Qué facultades tiene la Federación? Por ejemplo, en materia de salud el principio es que es una materia concurrente.
La SCJN le DEBE de dar entrada a la acción de inconstitucionalidad (claro, siempre y cuando cumpla los requisitos para ello) --y según entiendo ya se la dió--para que precisamente se aclare si los estados pueden o no legislar en materia de aborto, o deben de atenerse al criterio de la decisión de constitucionalidad de la despenalización del aborto emitido por esa misma Corte Constitucional.
Es importante RS darle normatividad a nuestra Constitución, pues allí están contenidos las reglas y los límites para nuestro Estado.
**Raúl, yo coincido con lo que dices, es un derecho a la salud el aborto terapéutico, al prohibirlo le estás negando a las mujeres el derecho a la salud e inclusive a la vida misma! De manera que considero lo mismo que tú, la prohibición y sanción con hasta 10 años de cárcel (!) del aborto terapéutico es una violación al derecho a la salud y a la libertad reproductiva. Ni siquiera entro al tema de los anticonceptivos porque es evidentemente inconstitucional pues viola esos mismos derechos y además la dignidad y el libre desarrollo de la personalidad.
El aborto consentido o voluntario es discutible. Primero, si se trata de un embarazo producto de una violación (como Paulina del mismo estado de BC) o si se trata de una decisión de otro tipo (por los motivos que sean la mujer prefiere llevar a cabo un aborto). En el primer caso, me parece horroroso que el Estado obligue a una mujer a llevar a término un embarazo producto de un delito y más todavía, si la víctima es menor de edad. Es una intromisión del Estado peor que cualquier cateo o detención, y esas intromisiones están muy bien reguladas.
Hay que dejar claro que en el DF y en la mayoría de países que no sancionan el aborto, el aborto SIGUE SIENDO UN DELITO pero SIN PENA. Es decir, nadie está aplaudiendo el aborto. Está claro que es un acto inmoral, pero, no es posible privar de la libertad y menos por 10 años!!! a una mujer por tomar una decisión sobre su PROPIA AUTONOMÍA Y SU PROPIO DESARROLLO PERSONAL. La sanción no es un impedimento para su realización, no es una razón para llevarlo a cabo o no. Y en cambio al prohibirlo el dinero si se convierte en una garantía de la salud, porque las que lo tienen van un lugar donde sea legal y las que no, lo hacen de forma clandestina poniendo en peligro su salud y su vida.
Al despenalizarlo podemos regularlo y evitar las clínicas clandestinas, la insalubridad y el peligro en que se colocan mujer y producto. En la medida en que se regule podremos evitar los abortos en embarazos de más de 4 meses y en la medida en que se regule podremos evitar los abortos orientando sobre otras opciones y los peligros de la intervención a las mujeres.
Hay casos en que el Estado tiene que poner en la balanza dos derechos y un contexto. En este caso pondría yo el ejemplo de un homicidio en defensa propia. Hay homicidio, se cumplen con todos los elementos del delito, pero las circunstancias específicas hacen que el Estado no sancione a quien privó de la vida a otro. Ojo, que NO estoy diciendo que sean equiparables, pero me refiero a actos que se deben entender como de extrema necesidad y sin meterme a los vericuetos jurídicos, el Estado decide no sancionar.
Las mujeres no abortan por placer, lo hacen por necesidad, sea legal o no. Cuando dos derechos colisionan se debe realizar un balance entre ambos, en el caso del aborto voluntario la balanza se inclina hacia el derecho de la mujer de tomar las decisiones (informadas) que mejor le parezcan y el Estado no debe intervenir en nuestra intimidad.
Lo mejor que puede hacer es evitar los abortos evitando los embarazos (políticas de salud) y orientando a las mujeres que quieran realizar un aborto (información, terapia, consultas, etc.)
La mejor manera de promover los embarazos no deseados y los abortos ilegales clandestinos es prohibiendo los anticonceptivos. No podemos imponer a la libertad sexual reglas, lo que se debe hacer es educar, con educación habrá menos embarazos no deseados y por consiguiente menos abortos.
De manera que vuelvo a decir lo de antes, los derechos reproductivos (del hombre también) y la libertad sexual son cuestiones de salud pública no son "necedades progre".
Gracias por sus comentarios!
Para complementar con cifras recomiendo la lectura de este artículo de Miguel Carbonell. Discutiendo sobre el Aborto
Publicado por
Geraldina GV
Etiquetas:
#derechoadecidir,
derechos humanos,
feminismo,
justicia
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
0 comentarios:
Publicar un comentario