viernes, 23 de abril de 2010

Dictamina Senado fuero civil a militares

A reserva de ver el dictamen. Esto suena muy bien....


Dictamina Senado fuero civil a militares

La decisión fue avalada por senadores del PAN, PRI y PRD y deberá someterse a consideración del Pleno

Por Claudia Guerrero y Erika Hernández

Ciudad de México (22 abril 2010).- El Senado aprobó en comisiones la reforma a la Ley de Seguridad Nacional, en la que se establece que los soldados y marinos que cometan delitos contra civiles no serán juzgados por autoridades militares sino por autoridades civiles.

La decisión fue avalada por senadores del PAN, PRI y PRD, quienes aprobaron modificaciones al proyecto enviado por el Presidente Felipe Calderón Hinojosa para someter a la jurisdicción civil a los elementos de las fuerzas armadas, en los términos de la Constitución y de los tratados internacionales firmados por México.

"Las fuerzas federales se coordinarán con las autoridades civiles locales y estarán subordinadas al orden jurídico establecido en la Constitución, las leyes que de ella emanan y los tratados internacionales de los cuales sean parte los Estados Unidos Mexicanos.

"En las tareas de auxilio de la Fuerza Armada Permanente, las conductas que sus miembros realicen y pudieren ser constitutivas de delito, que afecten a personas civiles, serán perseguidas y sancionadas por los tribunales competentes con estricta observancia de los principios de objetividad, independencia, imparcialidad, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 13 y 133 constitucionales", se estableció en el Artículo 72.

El Artículo 13 de la Constitución menciona que cuando un civil se vea involucrado en un delito o falta del orden militar, conocerá del caso "la autoridad civil" que corresponda.

El Artículo 133 de la Carta Magna establece que los tratados internacionales firmados por el Estado mexicano serán ley suprema.

"Este es el primer paso para que los delitos del fuero común cometidos por los elementos de las fuerzas armadas podrán ser juzgados en tribunales civiles. Ahora debemos cumplir el compromiso político de reformar el Código de Justicia Militar, en materia de fuero, para dar congruencia al marco legal", dijo el presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, Tomás Torres.

En la reforma, que deberá someterse a la consideración del Pleno del Senado, se estableció que las tropas podrán instalar retenes, pero deberán cumplir con un protocolo de respeto a los derechos humanos y garantías individuales.

También se aprobó que los gobernadores y congresos locales tendrán 90 días de plazo para solicitar que se regularice la situación de los militares desplegados en sus territorios, ya que de lo contrario, deberán regresar a sus cuarteles.

Los legisladores determinaron que el Senado no será responsable del despliegue militar, ya que sólo revisarán el proyecto de declaratoria de afectación a la seguridad interior emitido por el Consejo de Seguridad Nacional, antes de que el Presidente de la República autorice la salida del Ejército.

Con los candados establecidos en la reforma, se dejó en claro que la presencia de las fuerzas castrenses en las calles deberá ser temporal y jamás implicará la suspensión de las garantías establecidas en la Constitución.


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Fecha de publicación: 23-Abr-2010

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Que pena. Por eso decía yo antes "a reserva de ver el dictamen" Sorpresa:
PRI: fuero militar queda intacto
Ricardo Gómez
El Universal

Sábado 24 de abril de 2010

El presidente de la comisión de Gobernación del Senado, el priísta Jesús Murillo Karam, reconoció que con la aprobación de las reformas a la Ley de Seguridad Nacional la noche del jueves, la ley queda prácticamente como está en materia de fuero militar

ricardo.gomez@eluniversal.com.mx
El presidente de la comisión de Gobernación del Senado, el priísta Jesús Murillo Karam, reconoció que con la aprobación de las reformas a la Ley de Seguridad Nacional la noche del jueves, la ley queda prácticamente como está en materia de fuero militar.

El senador informó que en materia de fuero militar esperarán hasta septiembre, cuando el Ejecutivo les envíe una reforma que aborde a fondo ese tema. Lo anterior, ante las versiones imprecisas de algunos medios que señalan que con la reforma aprobada el jueves en comisiones unidas, se permite que un militar sea juzgado por un juez civil.

Murillo Karam dijo que la ley sigue vigente tal y como está, y esperarán a la reforma del presidente Felipe Calderón, que el jueves comprometió el secretario de Gobernación, Fernando Gómez Mont, con el fin de reformar a fondo el llamado fuero militar.

En materia de actos delictivos de militares, los senadores vincularon la reforma los artículos 13 y 133 de la Constitución.

Al respecto, Murilo Karam aclaró que no estaba a discusión la ley que tiene que ver con el fuero militar, el cual se inscribe en el código de justicia militar, la cual posteriormente abordarán cuando la envíe el Ejecutivo.

El también secretario general del PRI recordó que el jueves se atendía otra iniciativa que no tiene que ver con el fuero militar.

“Lo correcto es lo siguiente: no estaba a discusión (el fuero militar) y no se tocó por eso, porque no estaba a discusión la iniciativa que tiene que ver con el fuero militar, sino otra que tiene que ver con la Ley de Seguridad Nacional, y las cosas que ‘rozan’, que tienen contacto con el código militar, esas ya las dejamos, en condiciones de una modificación del código para lo que venga”.

El senador priísta insistió en que se mantiene la ley vigente, pero se va a cambiar: aclaró que en ésta se adiciona para que en casos específicos se aplique el fuero civil. Se hizo referencia a artículos Constitucionales, que no se van a cambiar, y que no están a debate.

—¿Lo hicieron mientras esperar a la reforma del gobierno?

—Así es, enfocándola una reforma militar, incluso ya anunciada por el presidente.

“La ley está vigente y hay quien interpreta el artículo 13 Constitucional como contradictorio a la ley. Nosotros no tenemos facultad de interpretación, la Corte sí, yo planteo, prácticamente se mantuvo la legislación vigente.

“Se va a cambiar la ley de fuero, ese es un hecho, tenemos una disposición incluso de una Corte Internacional para eso, pero mientras se cambia la ley vigente esa es la ley. Lo que hago es dejar abierta la posibilidad del cambio, flanqueando la ley vigente”.

Murillo explicó que actualmente si un militar comete un delito, el Código de Justicia Militar señala los casos para juzgarlo, si es en el ejercicio de su función.

Aclaró que un militar no puede ser juzgado por un juzgado civil si es en el ejercicio de su función.

Las reglas

El dictamen de reformas a la Ley de Seguridad Nacional aprobado por senadores en comisiones y que se votará en el pleno la próxima semana, define lo que representa Seguridad Nacional, los riesgos y amenazas que ameriten la intervención del Poder Ejecutivo para hacerles frente mediante la declaratoria de afectación a la Seguridad Interior, así como el procedimiento para emitirla.

No obstante, prohíbe la declaración de afectación a la Seguridad Interior en los casos en los que se trate de dar cumplimiento a resoluciones administrativas o laborales, y en acciones relacionadas con movimientos o conflictos de carácter político.

Sobre las operaciones que a la entrada en vigor del decreto desarrolle la Fuerza Armada, se determina que continuarán llevándose a cabo siempre que se observe el procedimiento de declaratoria de afectación a la Seguridad Interior dentro de los 90 días naturales siguientes a la entrada en vigor de la ley, que obliga a los congresos locales o al Ejecutivo estatal a pedir el apoyo federal.

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