martes, 2 de noviembre de 2010

La lógica del terror


Me dejaron un comentario en mi nota de lunes de Gurú sobre la iniciativa de Justicia Militar En ella el lector acepta el fuero militar porque "la justicia militar es menos corrupta y mas severa que la justicia civil" y "Poner a los militares bajo la justicia civil es ponerlos en riesgo de juicios sumarios politizados y sabemos que nuestros gobernantes les encantan las venganzas politicas."
Estoy leyendo una colección de ensayos de Mario Vargas Llosa "Sables y Utopías" en donde reflexiona sobre las dictaduras y golpes militares en América Latina. Al leer este comentario, pensé inmediatamente en ellos, pues allí el ahora nobel de literatura advierte sobre el peligro de aceptar las violaciones a la legalidad para combatir la ilegalidad, aún a costa de los derechos humanos.
"Es falso que la violencia 'estructural' de una sociedad no se pueda corregira través de leyes y en un régimen de convivencia democrática: los países que han alcanzado los niveles más civilizados de vida lo lograron así y no mediante la violencia...Dos son los riesgos para un gobierno democrático ante el terror: intimidarse o excederse. ...no debe olvidar un segundo que toda su fuerza [la del gobierno democrático] depende de su legitimidad, que en ningún caso debe ir más allá de lo que las leyes y esas formas -que son también la esencia de la democracia- le permiten. Si se excede y a su vez comete abusos, se salta las leyes a la torera en razón de la eficacia, se vale de atropellos, puede ser que derrote al terrorista. Pero este habrá ganado, demostrando una monstruosidad: que la justicia puede pasar necesariamente por la injusticia, que el camino hacia la libertad es la dictadura." (La Lógica del Terror)
Vargas Llosa habla del terrorismo sufrido en el Perú, que México no ha vivido aún y que espero no viva nunca, pero es comparable el miedo y la psicosis, la violencia que el narcotráfico ha generado en nuestro país. Creo además que nunca es tarde para recordar que la única garantía que tenemos frente a la arbitrariedad del poder, es precisamente, la legalidad. En la medida en que aceptemos excepciones al Estado de Derecho, nuestros derechos y libertades se habrán ido por la coladera.
No encuentro un tótem en la Constitución mexicana, más si creo que si queremos ser un Estado civilizado hay que aspirar a que los principios del Estado de Derecho se respeten pie juntillas, sólo así tendremos la seguridad de que nuestros derechos y libertades serán garantizados.

Por todo lo anterior, me parece pertinente reproducir mi respuesta aquí:

Muchas gracias por su comentario. Creo que no fui muy clara a la hora de explicar que la justicia militar al implicar un trato diferente, ya sea que perjudique o que beneficie, es contraria a la Constitución. Esto es así por varias razones que en la nota explico, entre ellas, el artículo 13 constitucional que prohíbe los fueros. El fuero implica un privilegio o una prerrogativa y al ser México una república constitucional y democrática esto está prohibido.
El ejemplo alemán, es eso, un ejemplo. Sin embargo, le comento que en materia de Derechos Humanos la tendencia internacional es que las violaciones de derechos humanos cometidas por militares sean juzgadas por civiles, México como parte en diversos instrumentos internacionales, como la Corte Penal Internacional, ese adhiere a esta tendencia y debe respetarla.
Si no vamos a respetar las convenciones de derechos humanos, ni la Constitución, entonces dejemos de invocarlas y dejemos de apelar a la legalidad. No puede combatirse ilegalidad con ilegalidad, el "combate" al narcotráfico por parte del Estado mexicano debe estar limitado por normas jurídicas, límites a la autoridad, derechos humanos, en fin. Y las violaciones a los derechos humanos no pueden quedar impunes o ser sancionadas de forma distinta con la justificación de un fuero militar. Así lo ha reconocido inclusive la Corte Interamericana.
Me parece peligrosísimo el que los ciudadanos estén (como entiendo es su caso) dispuestos a ceder la garantía de sus derechos, el principio de legalidad y estricta división de poderes en nombre del "sacrificio" que hacen autoridades cuya tarea precisamente es esa: la defensa. Nadie ha obligado a los soldados a serlo. Reconozco su labor, pero no por ello creo que merezcan un trato diferente. Ellos no son víctimas, las fuerzas armadas son autoridad en ejercicio de funciones, como tal no pueden ni deben recibir ninguna prerrogativa ni ningún privilegio, menos frente a ciudadanos!
Se podría usar su mismo argumento para las policías y crear una jurisdicción policial, para el Presidente y su equipo cercano que trabajan mucho y crear una jurisdicción presidencial, o cómo ve usted que se cree una jurisdicción para los sacerdotes? otra para los médicos y una para los choferes de taxis nocturnos. Todas son actividades de riesgo o implican un sacrificio no?
No encuentro justificación alguna para que una autoridad (en este caso los militares) tengan una jurisdicción propia. Y así lo digo en la nota. Esto contradice el Estado Constitucional, que de por sí ha sido violentado con la salida de los militares de los cuarteles para realizar tareas de seguridad pública. Y ello está expresamente prohibido por nuestra Constitución. Quizá a usted le parezca acertado, pero los militares nunca deben ser utilizados en contra de los paisanos, los narcotraficantes son ciudadanos con los mismos derechos que cualquier otro ciudadano que haya cometido un delito. El hecho de que en México se haga uso de las fuerzas armadas en contra de ciudadanos que han cometido un delito es una violación al principio posse comitatus (o principio de la fuerza del país), según el cual las fuerzas armadas de un país deben ser utilizadas únicamente para la defensa y nunca para aplicar la ley y el orden, pues esto pertenece a la policía, esto es, a la autoridad civil. La policía es un órgano ejecutivo del Estado, la palabra policía viene de polis -ciudad en griego-. En alemán, Policey, en la edad media quería decir administración lo que derivó al llamado Estado Policial (Polizeistaat) que implica la conducción del Estado a través de los órganos administrativos y un muy amplio control de la sociedad a través de ellos. Con la llegada del Estado liberal de Derecho o el Rechtsstaat, se establecieron límites a la autoridad: el principio de legalidad y la existencia de derechos de los ciudadanos frente al Estado.
Ahora, El narcotráfico es un delito y los narcotraficantes no amenazan la soberanía nacional ni han declarado la guerra a México. México, formalmente, no está en guerra, para ello se requiere que el Presidente la declare y el Congreso lo acepte. Esto no ha sucedido y el movimiento de cerca de 50 mil tropas es inconstitucional y violatorio de derechos humanos. Esto es así porque las fuerzas armadas al estar fuera de sus cuarteles violan la Constitución, porque es contrario a la Constitución el que una autoridad militar investiga y persiga delitos, y realice tareas que legalmente corresponden al Ministerio Público y su policía; cuando detienen a un delincuente están realizando tareas que constitucionalmente no les competen, esto es, también, inconstitucional. El solo hecho de que un ciudadano en tiempo de paz (no se ha declarado ninguna guerra ni hay suspensión de garantías) esté expuesto a la posibilidad de toparse con una autoridad militar sin saber qué clase de derechos tiene y ésta que clase de atribuciones tiene, viola sus derechos; al establecer retenes en las carreteras violan mi derecho al libre tránsito, cuando me detienen en ese retén y -sin autorización legal alguna- revisan mi auto y mis pertenencias violan el principio de legalidad y violan mis derechos; al realizar cateos y detenciones arbitrarias -como se sabe que sucede- violan el principio de legalidad, y claro, cuando por error disparan -y matan a un civil, violan derechos humanos, cuando deciden agredir y violar sexualmente a una mujer violan derechos humanos (vea usted los casos de Inés Fernández y Valentina Rosendo Cantú por los que México acaba de ser condenado en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos).
En general, para determinar si la iniciativa es o no conforme a los derechos humanos no podemos basar en suposiciones y creencias que en nada tienen que ver con nuestra Constitución y los principios del Estado de Derecho. Afortunadamente, aunque no lo parezca a veces, México es todavía un Estado de Derecho, y los ciudadanos debemos aspirar a mantenerlo, es la única garantía que tenemos frente a la arbitrariedad que manaña puede tocarnos a nosotros.
No podemos confundir lo que es con lo que debe ser. Mi nota habla sobre lo segundo. No puede apelarse a la legalidad, al Estado de Derecho, a los Derechos Humanos y al mismo tiempo ser relativistas en su aplicación, pues en un país con una Constitución democrática, el fin no justifica los medios. Si los medios no respetan las normas jurídicas, hay que denunciar su ilegalidad.
Se atrevería usted a comentarles a la mamá de Bryan y Martin, a los padres de los estudiantes del Tec, a la familia de la mujer de Zongolica, a los familiares sorevivientes de Laredo, en fin a todas las víctimas que se atribuyen al ejército que "el fuero de guerra es mejor".

Ahora, el caso de Godoy Toscano no entra en este tema, se trata de un requisito de procedibilidad, que no es fuero. De nuevo el artículo 13 lo prohíbe. La Cámara de Diputados debe revisar simplemente si ha o no ha lugar proceder en contra del inculpado (en este caso el diputado Godoy) para retirarlo de su cargo y ponerlo a disposición de la autoridad investigatoria. La Cámara únicamente puede revisar la oportunidad política, no lleva a cabo un proceso penal, no debe revisar pruebas, ni ver si el diputado es culpable del delito o no. Esto toca a las autoridades facultadas para ello por la Constitución, hacerlo es una invasión de competencias, de nuevo, contraria a la Constitución. De manera que no, en México los representantes y servidores públicos no tienen fuero, sino que algunos cargos están protegidos por oportunidad política, pero esto no implica que serán investigados y juzgados por los de su gremio, como sucede con los militares. No existe una jurisdicción de servidores públicos.
De manera que, confunde usted: fuero y jurisdicción militar con jurisdicción común y federal, juicio político y requisito de procedibilidad.
Por eso siempre he dicho, las horas y horas ocupadas en honores a la bandera en las escuelas deben ser sustituidos por lectura de la Constitución.
Saludos. Geraldina

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