lunes, 15 de octubre de 2012
Tribunal Constitucional ¡garante o soberano?
jueves, 11 de noviembre de 2010
Tres nuevos jueces constitucionales: BVerfG
El segundo senado del Tribunal tendrá dos nuevos integrantes. Este es el encargado de revisar todos los recursos relacionados con cuestiones de organización del Estado, es decir, controversias, acciones de inconstitucionalidad y prohibición de partidos políticos.
Para sustituir al Professor Siegfried Broß, la CDU propuso al ministro del interior de Turingia y profesor universitario Peter Michael Huber, de 51 años, da clases en las universidades de Münster, Augsburg, Jena, Bayreuth y München. Huber ya había sonado antes como candidato y los socialdemócratas lo han aprobado. Huber se ha presentado frecuentemente ante el Tribunal como representante. A pesar de ser miembro de la Unión, Huber defiende la democracia directa, lo que el SPD y los Verdes aprecian.
La jueza Monika Hermanns, también de 51 años, fue propuesta por el SPD y elegida para sustituir al Professor Lerke Osterloh. Hermanns es jueza del Tribunal Federal desde 2004, entre 2001 y 2004 fue jueza constitucional de Saarland y participó en diversas posiciones del Gobierno de Saarbrücken.
Los jueces constitucionales duran 12 años en su encargo. Son electos, la mitad por la Comisión de Elección del Bundestag (diputados) por dos tercios de sus miembros, está compuesta por 12 diputados de los cuales 5 pertenecen a la CDU/CSU, 3 al SPD, 2 al FDP, 1 al Verde y 1 a Die Linke, quien preside. La otra mitad de jueces es electa por el Senado (Bundesrat).
Dos buenas noticias: Actualmente el Tribunal está integrado por tan sólo 3 mujeres, de 16 jueces. Con los dos nuevos nombramientos, habrá cuatro, dos por cada senado, aunque el Tribunal se encuentra todavía dominado por hombres, son buenas noticias que haya al menos dos mujeres en cada grupo de 8. El primer senado estaba hasta ahora integrado por una sola mujer: Christine Hohmann-Dennhardt y al estar formado por 8 jueces, es conocido como "senado Blanca Nieves". Con la llegada de la Prof. Baer la perspectiva de género se refuerza en el senado encargado de velar por el respeto a los derechos, y ésta es la segunda buena noticia.
Cómo se eligen jueces? ACÁ
El Diputado Volker Beck anuncia la elección de la Prof. Susanne Baer como un acierto para reforzar los argumentos del movimiento feminista.
Renate Kunast, líder de los verdes y candidata a gobernadora de Berlín, al nominar a la Prof. Susanne Baer, hace llegar al Tribunal Constitucional a una mujer lesbiana, representante del movimiento feminista y defensora de los derechos humanos de las personas homosexuales como asesora de la fundación Hirschfeld-Eddy-Stiftung y como directora del GenderKompetenzZentrum. "Sussane Baer es una científica brillante y una luchadora contra la discriminación, es un acierto su nominación como jueza en Karlsruhe". La igualdad y la no discriminación estarán representados en su persona, con su hablar claro y su crítica analítica.
Acá una nota del FAZ
lunes, 23 de agosto de 2010
Tribunal Constitucional: Garante o Soberano?
Tribunal Constitucional: ¿Garante o Soberano? / Geraldina González de la Vega

sábado, 17 de julio de 2010
Amparo Colectivo contra el Censo (Alemania)

El viernes se presentó ante el Tribunal Constitucional una acción colectiva apoyado por más de 13mil ciudadanos contra el Censo de Población en Alemania. Organizaciones de protección de datos temen el abuso de los datos personales obtenidos con el censo de 2011.
La demanda fué presentada por el Grupo de Trabajo Almacenamiento de Datos de Telecomunicaciones y es que temen que los datos sobre el origen, empleo y religión pueden ser asignados a una persona a través de un índice.
“Los datos personales de todas las personas que viven en Alemania serán recolectados y guardados en una base de datos” criticó el activista que presentó el recurso. Con ello, dicen, se transgrede el derecho a la autodeterminación informática, reconocido por la vía interpretativa en una decisión paradigmática de 1983 que resolvía, también, un recurso presentado en contra del censo planeado para ese año.
miércoles, 19 de mayo de 2010
La República de Karlsruhe

La República de Karlsruhe
En diversas ocasiones el Tribunal Constitucional Federal ha inhabilitado al Legislador, con ello se enfrenta a un poder del que no dispone.
Por: Christian Tomuschat | 12. de mayo de 2010
Trad: Geraldina González de la Vega
No obstante, se aprieta el ámbito de las decisiones de la jurisdicción constitucional alrededor de los órganos políticamente responsables. Hoy existe una recopilación de las decisiones del Tribunal de más de 123 tomos, las que tratan no sólo de casos individuales, sino que se tratan de decisiones que alcanzan a mirar al futuro. Los artículos de la Ley Fundamental son todos tratados por un conjunto de decisiones comentadas. Por un lado, tiene esto que ver con el beneficio de la seguridad jurídica y la claridad en las normas. Por el otro, se presenta siempre la cuestión de la apertura al futuro del sistema constitucional.
Cada precisión lleva sin falta a una pérdida de flexibilidad y capacidad de adaptación. Sobre todo se requiere una división clara entre la aplicación del Derecho y la asunción de responsabilidad política. Fundamentalmente la definición del futuro es una cuestión política. Sin embargo, los jueces participan de ella inevitablemente. Ellos no son nada más »la bouche qui prononce les paroles de la loi« – »la boca que pronuncia las letras de la ley«, como el filósofo Montesquieu formulase. De esta forma la cuestión sobre la decisión en el nivel más alto del sistema jurídico se convierte en la pregunta sobre la legitimación política.
La responsabilidad jurisdiccional comienza en las aparentes cuestiones secundarias y pueden incrementar hasta las declaraciones sobre el destino de la Nación. De esta forma debe pertenecer a las cuestiones evidentes de la jurisdicción que las decisiones deban evitar en la medida de lo posible, de los adornos y accesorios que no tengan relación inmediata con un caso sencillo. Las cuestiones llamadas Obiter dicta, es decir, consideraciones no fundamentales, no son una ganancia para el orden jurídico, sino una carga.
La decisión Lisboa del Tribunal se construye sobre una decisión de este tipo, que de manera innecesaria está enriquecida con observaciones que nada tienen que ver con el punto de partida de la argumentación: una presunta violación a una garantía de la capacidad decisoria del Bundestag anclada en el derecho electoral. También el Tribunal toma una postura con respecto a desarrollos futuros. Así, describe el Tribunal la entrada a un estado federal europeo como un proceso no constitucionalmente soportado y especula sobre cómo debería ser realizado. Aquí se recurre a la figura del Poder Constituyente del pueblo alemán, al que el Tribunal le reconoce la competencia para dar una nueva Constitución sin ningún tipo de vinculación a procedimientos o contenidos, y por lo visto, aprobados con mayoría simple.
Especialmente preocupante se muestra la tendencia de dar instrucciones largas y detalladas al Legislador sobre la configuración de leyes, misma que no le corresponde constitucionalmente. Así lo prescribe en particular la decisión sobre la retención de datos de telecomunicación (Vorratsdatenspeicherung), en la que se detalla qué precauciones deben tomarse en la reglamentación, para evitar lo más posible una transgresión en el derecho a la autodeterminación informacional. Se debe hablar de una inhabilitación del Legislador, y de que evitentemente no se confía que será capaz de tomar, a través de su propia decisión, la medida correcta.
La decisión de subvenciones para desempleados II (conocida en alemán como Hartz IV) presenta los mismos rasgos. La decisión ha sido elogiada en el debate público pues no sacude las cuantías de las ayudas sociales establecidas en el código social. El Tribunal critica la falta de bases de calculación claras y transparentes. En casos decisivos esta afirmación tiene una cierta plausibilidad. Pero sin embargo, representa un peligro. El Legislador ha sido confiado con la facultad, como representante del pueblo, para tomar ciertas decisiones de acuerdo con su punto de vista político y con su experiencia de la vida. Se exigen conocimientos expertos para ello. El Legislador sería suplantado en su responsabilidad. ¿En el futuro será necesario que para la elevación de las penas de prisión o la elevación de los impuestos sean necesarios dictamenes de expertos?
El Tribunal no debe convertirse en el als »Praezeptor Germaniae« o en el maestro de la República. Cuando el Legislador para todo requiere de una justificación, se suplanta la democracia por un gobierno de la burocracia. El Tribunal Constitucional Federal y los órganos parlamentarios no son socios en una relación de cooperación. El Tribunal es, y seguirá siendo, un órgano de control jurídico subordinado al poder político.
El Tribunal ha llegado al punto culminante de su pensamiento asistencial con la decisión de subvenciones para desempleados II. En ella asegura el derecho a la garantía de un mínimo existencial digno de cada necesitado con requisitos materiales que son imprescindibles para una existencia física y una participación mínima en la vida social, cultural y política. Por consideración con el prójimo, me gustaría poder estar de acuerdo con esta afirmación. Pero en toda su generalidad suena como una señal de que distintas condiciones de vida, estarían prohibídos constitucionalmente. ¿Puede la comunidad garantizar esos buenos pensamientos? Mejor se hubiera formulado que la comunidad estatal debe aspirar a que se asegure un standard mínimo. También una afirmación como ésta cumpliría totalmente con la representación de Alemania como un Estado social.
El Tribunal se ha esforzado muchas veces en introducirse al mundo europeizado y globalizado. La conservación de la soberanía nacional se ha elevado a un topos de gran importancia. Contra sus declaraciones sobre la decisión Lisboa debe aceptar que la democracia también es posible en las agrupaciones internacionales como la Unión Europea, es necesario. El mismo principio democrático anclado en la Ley Fundamental requiere que también sea lograda la integración supranacional de las estructuras parlamentarias. Éstas no deben ser descalificadas como menos valiosas sólo porque Luxemburgo o Malta tienen, proporcionalmente, más diputados en el Parlamento Europeo que Francia o Alemania.
En cumplimiento con en el Preámbulo de la Ley Fundamental, que desde su texto original de 1949 estableció que el pueblo alemán está convencido de estar “animado por la voluntad de servir a la paz del mundo, como miembro con igualdad de derechos de una Europa unida”, debe el Tribunal buscar la manera de establecer una relación serena con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que hasta ahora ha sido visto como un enemigo.
El Tribunal ha sido percibido como institución por largo tiempo. Cada vez más claramente se presentan los jueces que actúan tras su fachada como individuos con particularidades específicas. Ello presenta la cuestión de si el método de su elección sigue siendo el óptimo. Tres jueces de un Senado deben provenir de los tribunales superiores federales; aunque los profesores con estátus académico son percibidos como más confiables. En la práctica casi no aparece la cuestión de la formación política, también internacional, previa. Ello, que no puede ser decretado, pero que por la comisión electora debería ser tomado en cuenta. La percepción de la función jurisdiccional a nivel constitucional no es una función puramente tecnócrata. Requiere perspectiva y experiencia de vida, y ello es lo que da a cada sentencia apoyo y solidez, más que puros conceptos teóricos.
COPYRIGHT: DIE ZEIT, 12.05.2010 Nr. 20
lunes, 15 de marzo de 2010
Columna Desde Alemania

Hoy, como todos los lunes mi columna:
sábado, 6 de marzo de 2010
Elección de jueces constitucionales en Alemania
En la foto: El Juez Hans-Jürgen PapierEl Bundesverfassungsgericht o Tribunal Constitucional Federal (de Alemania) tiene un nuevo miembro, quien sustituiría al actual Presidente del Constitucional, Hans-Jürgen Papier, cuyo término concluyó este marzo.
El jueves se anunció que el actual Vicepresidente y miembro del segundo senado, Andreas Voßkuhle, será el nuevo Presidente del Tribunal; que el juez Ferdinand Kirchhof, del primer senado, será en nuevo Vicepresidente; y que el Profesor Andreas Paulus es el nuevo juez constitucional. El periodo dura 12 años. Voßkuhle se convierte en el Presidente de la Corte más jóven y en el primero de la generación de posguerra, lo implica un cambio generacional del más importante Tribunal en Alemania. Para Voßkuhle la Ley Fundamental alemana es un caso de gran suerte en la historia del país, y dice que deben –los alemanes- reconocer que junto con la Supreme Court de los Estados Unidos, el Tribunal Constitucional Federal es una de las cortes constitucionales más reconocidas del mundo, “ha servido de ejemplo para otros, de igual forma que nosotros tomamos como ejemplo muchas decisiones de otras cortes constitucionales.”
El juez Papier se despide de la Corte como “héroe de los derechos”, desde su interpretación “el Estado está para proteger la libertad”. Durante su término, el juez Papier (nominado por el CDU) resolvió casos paradigmáticos como el de la ley de seguridad aérea (Luftsicherheitsgesetz), el caso de vigilancia secreta (Große Lauschangriff), la ley de sociedades de convivencia (Lebenspartnerschaftsgesetz) o el caso en que se reconoce interpretativamente el derecho a la seguridad informática (IT Grundrechte) o recientemente el caso de las pensiones a desempleados (Hartz IV). El martes pasado, el juez Papier anunció, por última vez “en nombre del pueblo alemán”, su última decisión protectora de derechos declarando inconstitucional la ley que regula el almacenamiento de datos.
El BVerfG, como se abrevia en alemán el largo nombre del Tribunal, está compuesto por 16 jueces divididos en dos senados con 8 jueces en cada uno y en seis cámaras, con 3 jueces en cada una y que tienen distintas competencias (hay jueces que pertenecen a dos cámaras).
El primer senado se dedica a revisar los recursos de amparo o Verfassungsbeschwerden y el segundo senado revisa todos los recursos relacionados con cuestiones de organización del Estado, es decir, controversias, acciones de inconstitucionalidad y prohibición de partidos políticos.
Según un dato a finales de los noventa, el BVerfG recibe alrededor de 5000 (cincomil) Verfassungsbeschwerden cada año, de ellos el 90% no son admitidos, y del 10% de los admitidos, sólo el 1% tiene un resultado exitoso.
Originalmente cada senado estaba compuesto por 12 jueces, es decir, el BVerfG tenía 24 jueces, pero gracias a una reforma de 1963 se redujeron estos números y esto fué motivado por cuestiones políticas: En 1952 se presentó ante el BVerfG la primera controversia contra el gobierno de Konrad Adenauer, pues el Tribunal se puso en el camino del rearmamento alemán y el establecimiento de corporaciones armadas. El primer Tribunal después de la promulgación de la Ley Fundamental en 1949 y de la Ley Orgánica hasta septiembre de 1951, celebró su primera sesión histórica el 28 de septiembre de 1951. Para el nombramiento de sus jueces, que en Alemania no es del todo transparente -sobre eso más abajo-, el partido del gobierno, el CDU no cuidó la integración equitativa en ambos senados, pues pensó que el senado fuerte sería el segundo, el dedicado a las controversias constitucionales y las acciones de inconstitucionalidad, pues bajo su perspectiva, el problema de interpretación constitucional estaría más bien en la distribución de competencias entre la federación y los estados. De ésta forma, el primer senado fué dejado en manos del SPD. Sin embargo, al paso de los primeros años el CDU se dió cuenta que el primer senado, el dedicado a revisar cuestiones de derechos fundamentales, era en realidad el que adquiría mayor importancia, sobre todo en el tema del rearmamiento. Durante los primeros Adenauer sufrió varios reveses, pues las reformas para la reinstalación del ejército provocaron un serio enfrentamiento entre el Gobierno y la Oposición. Se pidió a ambos senados que entregaran un dictamen sobre el tema. El primer senado que tenía 7 jueces nominados por el SPD y 5 del CDU, respondió contra los argumentos de la Oposición (SPD). Mientras que el segundo, integrado por 8 nominados por el CDU y 4 por el SPD, respondió contra los argumentos del Gobierno (CDU). El Pleno presentó también un estudio en el cual se oponían al Gobierno, pero únicamente en cuestiones formales y no en la cuestión de fondo. Esta resolución del Tribunal causó zozobra en el Gobierno y en la misma Academia, pues se tenía la sensación de que el Tribunal estaba oponiéndose en el camino democrático. El Gobierno gozaba de mayoría en el Pleno del Tribunal y se sintó defraudado, pero ésto significó en realidad un triunfo para la autonomía judicial, indispensable para garantizar la autoridad de sus decisiones.
Hoy todavía se dice que tal o cual juez es de tal o cual partido, pero la realidad es que el hecho de que se ubique a los jueces por los partidos que los nominan no implica que haya algún vínculo con ellos. Los jueces son autónomos y muchas veces resuelven contra el partido que los nominó. Los jueces están vinculados directamente a la Constitución y nada más. Aún así, como en los Estados Unidos, cada partido tiene preferencias sobre ciertas personas por su trayectoria, ya sea jurisdiccional o académica, pues demuestran cierta filiación política. Los jueces constitucionales provienen la mitad de carreras judiciales y la otra de la academia o los despachos.
Éstas negociaciones entre partidos para nominar jueces, fueron dadas a conocer por el negociador del SPD, Adolf Arndt, con su artículo “Sombras sobre Karlsruhe” (Schatten über Karlsruhe). Arndt cuenta en su nota que antes de la elección de los jueces, los partidos negocian tanto en el Bundestag como en el Bundesrat, y esto es así porque deben ser aprobadas las nominaciones por una mayoría de dos tercios.
Esta crisis sirvió para reforzar institucionalmente la autonomía del Tribunal, pues antes de la reforma los jueces estaban adscritos al Ministerio de Justicia, allí era donde se administraban sus recursos, y por lo tanto no tenían autonomía financiera. Después de que el Ministro de Justicia declarara contra la resolución del Tribunal, los jueces comenzaron a cabildear la su independencia de todo órgano constitucional, misma que después de no muchos obstáculos, obtuvieron. El nuevo estatus del Tribunal Constitucional Federal implicó autonomía financiera, sueldos más altos y el rango de órgano constitucional.
Ah claro, y también las togas rojas, que fueron un capricho de los jueces constitucionales para diferenciarse de los demás jueces. Las togas rojas fueron confeccionadas siguiendo el modelo que los ministros florentinos utilizaron en el siglo XV y XVI.
La elección de los jueces no es un proceso abierto, como sería de esperarse, en realidad se trata de una negociación entre partidos, quienes dependiendo del juez que sale y la conformación de gobierno, ya tienen claras las cuotas a cubrir. El nuevo juez Andreas Paulus fué nominado por el socio menor de la coalición que actualmente gobierna Angela Merkel, el Partido Liberal (FDP) y es que este 2010 salen otros dos jueces del segundo senado, puestos que seguramente ocuparán uno el CDU y otro el SPD, si se respeta ese reparto. Los medios simplemente especulan, ¿qué pasará? ¿quién será? La elección se hace a puerta cerrada través de una Comisión, ya sea en el Bundestag o en el Bundesrat, dependiendo del juez que sale.
Apenas hace un par de semanas, se especulaban dos nombres, que además ni siquiera se mencionaban. “El FDP lo dará a conocer a tiempo para su nominación.” El presidente de la Comisión de Justicia del Bundestag, Wolfgang Neskovic del partido de izquierda (Die Linke) ya se encontraba molesto pues no había nombres.
El viernes pasado (25.02) se anunció que el Profesor internacionalista de Göttingen, Andreas Paulus, sería el candidato del FDP. Una semana tardó la negociación para aceptar a Voßkuhle como Presidente, lo que era casi un hecho, pues siempre se ha seguido la tradición de que el Vice ocupe este puesto, lo que no quedaba claro era quién sería el próximo Vice. Voßkuhle fué nominado por el SPD, el nuevo Vice, y Kirchhof por el CDU.
La secrecía del nombramiento revivió las críticas que se han hecho siempre al procedimiento, y es que los 16 jueces son nominados mitad y mitad por cada Cámara, pero según la Ley Orgánica del Tribunal, los 12 miembros de la Comisión de Justicia del Bundestag son quienes eligen de forma representativa con mayoría de 2/3 al juez. Muchos diputados y académicos se han pronunciado por cambiar éste procedimiento, por uno de tipo público, con entrevistas o comparecencias, para que la sociedad pueda hacerse una imagen de ellos.
En la foto: el nuevo Presidente: Andreas Voßkuhle.
Sin embargo, hay quien defiende el procedimiento pues dicen “el 98% han sido excelentes jueces” –¿quiénes quedan en el 2%? No lo sabemos--. Se dice que los legisladores de la Comisión están legitimados por el voto, y que la calidad de sus votos es decisiva. “En los poco más de 50 años de vida de la Corte, no se han enviado malos jueces a Karlsruhe, y copiar el procedimiento de los Estados Unidos resulta sólamente en que nos concentremos en la persona y no en sus capacidades, lo que provocaría que muchos jueces incómodos, pero excelentes no fueran electos.”
¿Qué procedimiento de elección de jueces es mejor? En todo caso uno sincero, no como en México que se supone que son ternas y procedimientos abiertos, pero en realidad se trata de candidatos pre-negociados. Dicen que es como en Estados Unidos, cuando en realidad es como en Alemania, el problema es que no llegamos a ese 98% de infalibilidad, del que los alemanes presumen...