"El concepto de “familia” no es un concepto estático, cerrado y aislado del tiempo, es una noción dinámica cuya evolución ha respondido principalmente a los cambios económicos, gracias a los cuales ha ido modelando la interacción entre sus miembros. Asimismo, el paradigma de los derechos humanos y en especial los movimientos feministas y de derechos de los niños y las niñas, han influenciado en la reconfiguración de las relaciones familiares. Así pues, la familia[1] pre-industrial [2] era una comunidad centrada en el trabajo y la economía y uno de sus principales rasgos era la inequidad entre la mujer y el hombre, las mujeres y los niños raramente tenían derechos y no eran concebidos como sujetos autónomos, más aún, la homosexualidad era entendida como una perversión y en la mayoría de países severamente sancionada. Con el advenimiento de las relaciones industriales, la familia cambió. La medicina moderna permitió desprender la libertad sexual de la reproductiva, las mujeres salieron a trabajar y ello obligó a garantizarles condiciones de igualdad frente a los hombres tanto en los ámbitos laborales y educativos, como en los domésticos[3]. Ello en su conjunto generó independencia económica lo que provocó que los matrimonios fueran decreciendo, que las parejas se casaran más tarde y aumentó la posibilidad de disolver el matrimonio pues la mujer ya no dependía económicamente del marido. También se presentaron cambios legislativos que reconocieron a las mujeres personalidad jurídica plena y en condiciones de igualdad frente a los hombres[4]. Por otro lado, Los instrumentos de derechos de la niñez fueron modificados para reconocerles autonomía y personalidad[5]. Se erosionó la dictadura patriarcal yla división de tareas domésticas por género comenzó a desdibujarse.
[1] Cfr. Beck-Gernsheim, Elisabeth. Reinventing the Family. In Search of
New Lifestyles. Polity Press. UK, 2002.
[2] Los conceptos pre-industrial y post-industrial se
refieren a las circunstancias socio-económicas antes y después de la Revolución
Industrial.
[3] Es esta precisamente la razón de la modificación de
los párrafos primero y segundo del artículo 4to constitucional en 1974 para
incluir la igualdad entre hombre y mujer, así como el derecho a decidir el
número y el espaciamiento de los hijos. La exposición de motivos de la reforma
constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de
diciembre de 1974, además, se refiere a las recomendaciones igualitarias que la Organización de las
Naciones Unidas formuló en 1967 al través de la 'Declaración sobre Eliminación
de la Discriminación
contra la Mujer',
así como la proclamación de 1975 como 'Año Internacional de la Mujer', oportunidad
diseñada para intensificar la acción tendiente a promover la igualdad entre
ésta y el varón y a lograr su plena integración en los esfuerzos conducentes al
desarrollo.
[4] Apenas en 1953 se reconoció la ciudadanía a la mujer y
el derecho a votar a través de la reforma al artículo 34.
[5] La Convención sobre Derechos del Niño de 1989 cambia
precisamente este paradigma pues reconoce en el niño y adolescente
la calidad de sujeto activo y su progresiva madurez por lo que garantiza el
desarrollo de su autonomía. Además se trata del primer instrumento vinculante
en materia de derechos de la infancia. diferencia de las Declaraciones que no
contienen normas justiciables.
http://www.conapred.org.mx/userfiles/files/LSD_II_Matrimonio%20y%20familias_INACCSS.pdf
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